Complemento por paternidad en la pensión de jubilación
Según la ley, sólo pueden beneficiarse de este complemento los que se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 20121. En mi caso, me jubilé parcialmente, al 50%, en octubre de 2015. En marzo de 2016 me jubilé del porcentaje restante. ¿Tengo derecho a solicitar este complemento, aunque sólo sea el 50%, si una parte de mi jubilación la hice en 2016?
1 respuesta
Respuesta de david ..