Complemento por paternidad en la pensión de jubilación

Según la ley, sólo pueden beneficiarse de este complemento los que se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 20121. En mi caso, me jubilé parcialmente, al 50%, en octubre de 2015. En marzo de 2016 me jubilé del porcentaje restante. ¿Tengo derecho a solicitar este complemento, aunque sólo sea el 50%, si una parte de mi jubilación la hice en 2016?

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Respuesta

I. Hola Miguel Ángel, en mi caso no soy conocedor, pero como lector habitual deseaba trasladarle un poco de información sobre este tema, con la esperanza de que pudiera serle de utilidad mientras le atiende de primera mano un experto o profesional. Le ruego me disculpe tanta imprecisión, mucho ánimo.

https://familiasnumerosasnav.org/todo-sobre-el-complemento-por-paternidad-en-la-jubilacion/ 

https://www.xataka.com/basics/complemento-paternidad-para-pensiones-jubilados-2016-2021 

https://familiasnumerosasnav.org/preguntas-y-respuestas-sobre-el-complemento-por-paternidad-en-la-pension/ 

https://www.cograsova.es/blog/archivos/10610 

https://www.padresjubilados.com/?gclid=CjwKCAjwv-2pBhB-EiwAtsQZFAxiMPCBuVZ-LGq9rlOqbXy6VHrHOf-no6yYIpkZsngpMsehUM6WnRoC_fYQAvD_BwE 

https://www.fidelitis.es/reclamar-complemento-de-paternidad-pension-jubilacion/ 

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