Reinversión del importe de venta de vivienda habitual en el extranjero
Estoy vendiendo mi vivienda habitual (y única vivienda), y voy a comprar otra con el dinero de la venta.
Según la normativa de la Agencia Tributaria https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820#a41, si se reinvierte la cantidad obtenida de la venta de la vivienda habitual en otra vivienda habitual, esa cantidad estaría exenta de pagar IRPF.
Mi duda: la nueva vivienda habitual la voy a comprar en otro país de la UE. La norma no especifica que la nueva vivienda deba comprarse en territorio nacional, por lo que ¿sería correcto por mi parte asumir que puedo aplicar esa exención en mi próxima declaración de la renta con los datos de compra de la vivienda en el extranjero?