Actividad pública reciente
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¿Si mi empresa cierra por Jubilación; tengo derecho a cobrar una indemnización?
No. Igual que tu cuando te jubilas y dejas de trabajar no indemnizas a tu empresario. Es una extinción de contrato
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En un cierre por jubilación de los propietarios, ¿Tengo derecho a indemnización?
De conformidad con lo establecido en el Art. 49.1 g) del E.T., el contrato de trabajo podrá extinguirse por muerte, jubilación en los casos previstos en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, o incapacidad del empresario, sin perjuicio de...
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Jubilación empresario
Lo importante es quién es tu empleador en tu contrato y en la SS. Si es tu jefe como persona física, constará su NIF en el contrato y SS. Si tu empleador es la empresa, vendrá el CIF. La diferencia es muy importante, porque mucha gente desconoce que...