creaempresa respondió:
Todo lo que no exceda de lo legalmente permitido para no tener que retener lo puedes llevar a una cuenta de gasto (otros gastos) y el exceso a una cuenta de retribución en especie porque eso si retiene IRPF.
creaempresa respondió:
Todo lo que implique obtención de rendimientos hay que declararlo. Es una actividad económica. Podrías darte de alta como profesional en una actividad comercial pero tienes que pagar autónomos.