janabogado respondió:
Lamento comunicarle que usted no puede detraer de la renta ninguna cantidad. Si lo hace estará facultando a su arrendador para instar judicialmente la resolución del contrato y la reclamación de la deuda. Por lo tanto, la mejor opción es que hagan...
Isaguiver Mongar respondió:
Es correcta tu apreciación puesto que tu no vas a tocar nada de la servidumbre y estás haciendo uso de te derecho sin perjuicio de nadie. De todas formas esa construcción debe tener sus años porque la normativa dice que no debe evitarse el uso de...