dixen_eu respondió:
Mejor haga un contrato a cada uno que tampoco le va a consumir muchos recursos, y se asegura que el que suscribe el mismo, en el caso que solo hiciera uno, se ausente y no pueda reclamarle y el problema lo tendría con los dos restantes, que dirán...
dixen_eu respondió:
El usufructo es un derecho real en cosa ajena, respetando el derecho de propiedad, que limita ésta y cuya única obligación es conservar su forma y sustancia, como establece el art. 467 del Código Civil. El contrato de alquiler tendrán que firmarlo la...