Jose Manuel Anasagasti Etxeita respondió:
No, nadie tiene la obligación de trabajar sin cobrar, la esclavitud está prohibida en este país, según tendo entendido. Tendríais que asumir la deuda y liquidarla o bien acudir a los tribunales contra el Promotor, o ambas cosas, el promotor os tiene...
Luis Ramon Diaz chiron suarez respondió:
Entiendo que le corresponde a la empresa de construcción. Hay que leer los contratos firmados para pronucniarse. No se olvide de puntuar la respuesta. www.mediatoris.com