El Fede respondió:
Pues lo que el abogado dice es verdad. Le digo los artículos a los que se acogen. Artículos código civil: Artículo 1051: "Ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia". Artículo 1052: "Todo coheredero que tenga la...
Casa llevada a subasta