fitoman69 respondió:
Si en un plazo de 2 años la empresa vende el vehículo debe de hacer frente al pago del impuesto; por lo tanto no lo paga el comprador sino el vendedor, es decir, la empresa de alquiler, lo que normalmente pasa es que la empresa repercute el impuesto...
Jorge Herrera respondió:
Efectivamente está exento del pago, pues ya el primer dueño lo canceló, entonces ya no deberá cancelarlo nuevamente. No olvides finalizar y valorar esta respuesta por favor al final de esta página de acuerdo a tu criterio. Recibe un saludo y ya sabes...