Manuel Pregal respondió:
Puede consultar en el Registro de la Propiedad quién es el propietario del local. Igualmente en su contrato de arrendamiento tiene que aparecer quién es el propietario-arrendador. Con este dato y la guía telefónica puede contactar con el propietario...
Manuel Pregal respondió:
Legalmente su socio tiene derecho al 50% de lo que corresponda. Del mismo modo, si puede demostrar que el alquiler lo pagó Usted sólo, su socio tendría que abonarle el 50% de lo que pagó todos estos años. Efectivamente es recomendable documentar el...