fulma respondió:
<%=Texto%>no es exactamente lo que has entendido. Si eres socio de una empresa, y no trabajas en ella, no tienes que estar dado de alta en RETA. Si por circunstancias lo estas entonces no tendrías paro, es una exclusión prevista en la Ley, y...
calceto respondió:
No solo es que es compatible, sino que ademas es obligatorio. En el régimen especial de autónomos, no tienes paro, cotizas para jubilación e Incapacidad laboral, muertes y supervivencia. Y en el régimen especial agrario, cotizas por los mismos...