por lo general las excedencias no dan ningun derecho a reclamar ningun puesto en la empresa,solamente dan trancurrida la excedencia a una prioridad sobre el puesto que quedase vacante ante cualquier incorporción de fuera.
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1º-el plazo depende del convenio,pero suele ser mínimo 1 año,2º-cuando vuelvas no tienes el puesto asegurado,3º-puedes trabajar donde quieras ya que la otra empresa te dará de baja en la seguridad social,4º-en la excedencia no puedes cobrar paro
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