consultor subvenciones pymes y autónomos
Abogada especializada en Derecho Inmobiliario, Herencias, Civil de obligaciones, Extranjería, Multas, Asesoría y Gestión de Empresas, Asociaciones y Fundaciones
pues vas a tener que devolver, por que no te puedes deducir una vivienda que no es tu vivienda habitual, en todo caso si te deduces de la actual, debes dejar pasar años hasta que se alcance la cantidad ya deducida por la vivienda de que me hablas