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Especialista en administración de comercios, con más de 15 años de experiencia
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Respuestas

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Anticipo de facturas

Un anticipo de factura es cuando se paga una compra antes de que la mercancía sea entregada y la factura, lógicamente, expedida. Por ejemplo, si compro una mercancía, al hacer el pedido entrego una cantidad de dinero a cuenta. Eso es un anticipo. Y...
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Nominas

Te explico lo que necesites, pero que te haga los deberes no me parece bien.
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Contabilizar préstamo del año 2009

Si, contabilízalo como si se hubiera concedido el 01/01/2010 y usas las cuentas que me indicas. No tiene mayor repercusión porque se cancela en este mismo año. Los gastos de apertura, para mí, son una comisión que cobra el banco, y por tanto lo...
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Problema financiero!

Pagar a 180 días, en lugar de contado, tiene como ventajas el coste del dinero, pues si me están aplazando el pago sin intereses, me estaría beneficiando de ello. También por la presión sobre la tesorería de la empresa. Durante esos 180 días puedo...
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Cierre y reapertura de cuentas

Solo tienes que restar o sumar a los saldos que te dan la distribución de beneficios: Capital Tenía 50 millones y no hay variación. Pérdidas acumuladas. Te dice que tenía 2 millones acumulados de pérdias (con saldo deudor). Si ahora, de los...
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Sanciones tributarias, como contabilizarlas

Lo tienes que reflejar como gasto no deducible, y si no lo contabilizaste en su momento, hazlo ahora.
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Recargos de apremio

Si los recargos de apremio los contabilizas como gastos excepcionales en la cuenta 678.
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Cobro sentencia judicial

Si en su día contabilizaste el finiquito de la trabajadora, no puedes volver a contaiblizar el gasto en la 678. La sentencia judicial reconocería que a la trabajadora se le debía cierta cantidad como indemnización. ¿Qué serán los 5.000?. Por esa...
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Contabilizar retenciones

Entiendo que esa retención es a modo de garantía de cobro. Es una cantidad pignorada. Como no va a estar mucho tiempo ahí, lo podrías considerar una fianza, y contabilizarlo en la 565.
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¿Cómo leer una nomina?

La única explicación lógica es que haya habido una variación en las condiciones de trabajo, una modificación en el contrato, bien de categoría profesional, de tipo de contrato, de horas de trabajo, etc. Si no ha habido ninguna modificación de las...