mochi

mochi

-Diplomado en Ciencias Empresariales
 22,3K puntos  Castilla y León, España @mochi desde - visto

Respuestas en Contabilidad

Respuesta en a

Contabilidad de constructoras

En primer lugar has de comprarte el plan general de contabilidad adaptado a empresas constructoras. En el vas a notar (es fácil), ciertos cambios respecto al pgc, ya que lógicamente al vender una obra que terminas, sus certificaciones, etc, has de...
Respuesta en a

Retención arrendamiento

Si, hay que hacer retención ya que lo que se retiene(hecho imponible) es el alquiler de un inmueble, con independencia de quien sea el propietario.
Respuesta en a

Asientos de Cierre de SL

Primero haz un precierre (saca la cuenta de pyg), eso te da un resultado (beneficio o perdida) Si es beneficio: Tienes ese resultado, resta el 1% del saldo de clientes (y contabilízalo 694 a 490). Ya tienes el rdo contable. Ahora tienes las...
Respuesta en a

Factura emitida por asesoramiento

Yo la contabilizaría en la cuenta 754 (Ingresos por comisiones), aunque si la mediación fuera el objeto principal de la actividad de la empresa, deberías contabilizarla en la cuenta 705 (Prestaciones de servicios).
Respuesta en a

Contabilización cobro de seguro por siniestro

Eso es un ingreso extraordinario (778).
Respuesta en a

¿A qué cuenta van los servicios de una empresa?

Contabilízalo en la cuenta 705 (prestaciones de servicios).
Respuesta en y en 1 temas más a

Contabilización aportaciones de socios

Claro, un asiento que este mal hay que anularle, yo simplemente, o bien modifico dicho asiento, o bien lo anulo (a no ser que sea una cuenta con trascendencia fiscal que hayas liquidado, ahí si tendrías que hacer un contraasiento o un abono).
Respuesta en a

Impuesto sobre sociedades

En primer lugar te diré que no existe obligación tributaria alguna de realizar pagos fraccionados si tienes base imponible negativa. Cuando cierras el año: 1º- ya tienes la base que es 19.659,10 Ahora contabilza (y restas lógicamente o sumas a ese...
Respuesta en a

Deposito de cuentas

Antes de nada, si eres sl, tendrás que haber pagado al notario por la constitución, haber pagado el impuesto sobre actos jurídicos documentados (1% del capital)si has depositado ese dinero en una cuenta, habrás liquidado unos intereses, algún...
Respuesta en a

Aportación dinero y comunicación generalitat

Todo el dinero que aportes momentáneamente (sin que ello conlleve una ampliación de capital) lo puedes llevar a la cuenta 553 (c/c con socios y administradores), que harás el contraasiento cuando sea reintegrado de nuevo.

Suscríbete RSS