cinto respondió:
Te confirmo positivamente que se te aplicará el aumento correspondiente a cumplir los 55 años siempre que no estés trabajando, claro. Ten también en cuenta que si empiezas a trabajar, este complemento te será eliminado. Puedes comprobar directamente...
cinto respondió:
Tienes derecho a percibir el 20% complementario a partir de la fecha de cumplimiento de los 55 años, siempre que no estés trabajando, sea una Incapacidad Permanente Total (IPT) tanto de Régimen General como de Autónomos (esta última si está...