Larios Abogados respondió:
El cálculo es muy sencillo. Tiene dos opciones para calcularlo: 1. Si conoce su base reguladora, aplíquele un 75% a la misma y el resultado que le dé será su pensión. Ese 75% es fruto de sumar al 55% de IP Total el 20% al que usted se refiere por IP...
Calculo 20% mas por IPT con 55años