adendis respondió:
Yo mismo a veces tengo algunas dudas sobre sus funciones. En la práctica en civil versan sobre reclamaciones de cuantía no superior a 15.000.-pts.(art. 47 LEC) Suelen estar en las poblaciones que no tienen Juzgado de 1ª Instancia y suelen tener...
Anónimo respondió:
Vamos a ver.. Usted tiene derecho en cualquier momento a levantar una valla en su propiedad, aunque siempre dentro de las prescripciones legales de la zona, respecto a altura, tipos de vallado, etc. A esto su vecino no puede oponerse. Si se opone...