Sí puedes hacerlo pero debes de tener en cuenta:1º. que tienes que rellenar la primera hoja del impreso oficial donde firman todas las partes.2º. debes hacerlo por triplicado: uno par atí, otro para Consumo y otro para la empresa donde reclamas.
Si crees que a yukista le puede interesar o puede responder preguntas sobre algún tema, puedes recomendárselo para que lo siga.