Tengo un bar musical en un local arrendado. ¿Lo puedo alquilar para montar una cafetería?

Quisiera consultarte el caso que me tiene algo mosca.
Te lo cuento:
A mi me alquilaron un local vacío y yo tramité todo lo necesario para hacer un bar musical y por lo tanto ahora tengo esta actividad .En su momento llegué a un acuerdo con el propietario del local y tengo permiso para yo poder subarrendarlo.
Ahora hay una persona interesada para que se lo alquile por un periodo determinado de tiempo, pero quiere cambiar de actividad (cafetería)y quiere tramitar todo el papeleo a su nombre, con lo cual yo perdería la actividad de bar musical que esta a mi nombre ahora.
Cuando haya transcurrido el periodo de subarriendo, yo en el local no tendré ninguna actividad, pues la de cafetería sustituiría a la de bar musical y la de cafetería estaría a nombre del subarrendador.
Seguramente la contestación a la pregunta sería que sea yo el que tramite todos los papeles para conseguir la nueva actividad y una vez conseguida esta, sea entonces cuando yo le alquile el local, ya con la actividad de cafetería.
El cambiar de actividad implica aplicar la normativa vigente en el momento que se solicite, nuevos proyectos, bastante tiempo, unos seis meses y bastante dinero.
Yo entiendo que el que me lo quiere alquilar quiera tener los papeles a su nombre, por varios motivos, ¿pero después yo puedo tener algún problema?
Esperando tu contestación y dándote las gracias me despido atentamente
Juan
Antes te he enviado otra pregunta y no te he dado las gracias, aprovecho ahora para dártelas(la pregunta esta relacionada con el iva de las bebidas)

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Vamos por partes.
Si tu tienes ya concedida una licencia de café-bar con música, no hay ningún problema para que el funcione como cafetería, ya que la suya sería de café-bar con música ambiental. Es decir, yo puedo con tu licencia abrir como cafetería sin ningún tipo de problema, pero si podemos tener problemas para el caso contrario, pasar de cafetería a bar musical.
Yo de todas maneras, en tu caso, jamas soltaría la licencia de apertura, es algo que tiene que estar a tu nombre y en tu poder. El único riesgo que corres es que te pueden llegar a ti las multas que cometa ese señor, que en caso de una cafetería se supone que serán las menos, de todas maneras lo puedes solucionar con un aval, fianza, etc...
Los riesgos de pasarla a su nombre y cambiar la actividad son todos. Que no te devuelva la licencia, que tengas que tramitar otra, que cambie la normativa y no te puedas adaptar. En fin un montón de problemas que cuestan mucho tiempo y dinero en el mejor de los casos y algunos son insolucionables.
Por su parte es normal que quiera tener la licencia a su nombre, pero tampoco es imprescindible y mucho menos en el caso de un subarriendo. Tu le das el local montado con todo incluida la licencia y así te lo tiene que devolver. Si quiere tener una licencia a su nombre, pues que haga lo que has echo tu.
El que posee la licencia, es quien puede pedir después por el traspaso.
Espero haberte aclarado algo de esta pregunta y de la anterior. Si te queda alguna duda ya sabes por donde ando.
Un abrazo...
Saludos univer.
Todo esta bastante claro, pero yo ahora no tengo la actividad de café-bar sino de bar con música.Por lo demás tu respuesta me parece muy correcta.
Hasta pronto
Juan
Café-bar con música, bar musical, bar con música, etc.. Es todo lo mismo. Según el ayuntamiento o comunidad autónoma lo nombra de una manera.

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