El inquilino de mi local quiere que le autorice el subarriendo total.

Mi inquilino quiere subarrendar mi local el 100%, mi pregunta es, ¿me perjudica ami como arrendador? ¿Quién me pagara la renta? ¿El arrendatario sigue siendo responsable del local en el contrato?. ¿Si le autorizo a subarrendarlo tendría que hacer un nuevo contrato con el subarrendatario?... Estoy hecho un lio, ¿me dicen que si le subarrienda el local totalmente el arrendatario ya no es responsable del local?.. ¿En este caso seria el subarrendador?... Yo quiero que el inquilino siga siendo el responsable del local, ¿para eso seria que le subarrendara hasta el 90%?... Por favor ruego me ayuden a resolver esta gran duda para mi.

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El subarriendo es el ‘arrendamiento’ que realiza el inquilino de todo o parte del local. Debe comunicarlo al arrendador y éste tiene derecho a incrementar la renta un 10 % si el subarriendo es parcial (de una parte del local) o un 20 % si el subarriendo es total (de la integridad del local).
En el subarriendo la titularidad se “conserva”, existe el contrato principal originario, más la autorización, con la nueva renta incrementada. El régimen de derechos y obligaciones se conserva entre el propietario y el arrendador. El subarrendatario tiene su relación con el arrendatario, no con el propietario.
Otra cosa es la “cesión” del contrato. Por la cesión el “nuevo” pasa a ser el nuevo arrendatario, y los derechos y obligaciones ahora son entre el propietario y ese nuevo cesionario: el primer arrendatario “desaparece” de la relación contractual.

Puede permitirle el subarriendo del local al 100%, subirle la renta un 20%; las relaciones y el contrato original se mantienen entre el propietario y el arrendatario: el contrato originario subsiste, y el obligado es el primer arrendatario. La falta de pago conlleva el desahucio, y la resolución del contrato conlleva también la resolución del contrato de subarriendo.

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