Regreso fianza

El motivo de mi carta es para preguntarle sobre el tema de la fianza.
El día 28 de febrero se finalizara el contrato de alquiler de 1 año lo cual notifique a la proprietaria dos meses antes de la finalización, vía BUROFAX, como dice la ley.
El motivo de mi finalización es por la humedad que salio en las paredes de los dormitorios desde el mes de diciembre lo cual no se soluciono, muchas llamada muchos perito del seguro de hogar de la señora pero la humedad sigue saliendo. (¿Sabes algo al respecto?).
De todas maneras ayer llame al incasol (instituot catalano del suelo) adonde la proprietaria deposito la fianza en diciembre después de habérselo solicitado vía email una y otra vez.
Resulta que ahora, a pocos días de la finalización del contrato la proprietaria me dijo que solicito el regreso de la fianza.
Yo le dije que me parecía imposible que se la regresaran, sin que la dos parte firmaran un acuerdo de que el piso no presenta daños, ella no podía "meter mano en la fianza".
Cuando llame al INCASOL me quede de piedra porque me dijeron que la fianza se la regresaban a la proprietaria. Yo le conteste que ello mismo me dijeron que sin un documento adonde la dos parte atestan que el piso esta en regla nadie podría tocar este dinero hasta a una sentencia dictada por un juez. Por lo visto así no es!
¿Puede usted aconsejarme al respecto?.

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Efectivamente el INCASOL (o el organismo autonómico correspondiente) le devuelve la fianza SIEMPRE al propietario.
Para ello ha de presentar el resguardo de haberla depositado, el contrato y un documento de rescisión de contrato firmado por ambas partes (su notificación de que quiere dejar el piso es suficiente para esto).
Es decir, que la fianza pasa a manos del propietario una vez finalizado el contrato (independientemente del estado de la vivienda).
El propietario dispone legalmente de 30 días para devolverle la fianza al inquilino, tiempo en el que puede tasar los desperfectos hallados y hacer el correspondiente descuento (justificándolo con presupuestos, facturas, etc).
Muy buenas.
Hola gracias por su pronta respuesta pero me queda alguna duda al respecto:
Usted dice que la proprietaria una vez firmado que el piso se entrego sin desperfectos algunos, nonobstante la proprietaria puede reclamar días después, eventuales desperfectos. ¿Y si fue la misma proprietaria quien causo los daños los días siguientes?
Hoy fui da un notario lo cual el día que entregare el piso vendrá a tomar fotos.
También con el notario presente, ¿puede, la proprietaria quedarse con la fianza aunque se formalizo la entrega del piso en el mismo estado en que me lo entrego?
En caso que así fuera ¿Qué tengo que hacer?
En caso de que tenga que demandarla, ¿Cuánto tarda el proceso?
Agradezco de antemano su respuesta
Saludos
Normalmente en la entrega de llaves se hace una inspección del piso por parte de la propiedad. Si esa inspección queda documentada por un notario mejor que mejor.
Una vez firmada la entrega y reconocido que el piso está OK, entonces el propietario tiene que devolver la fianza íntegra, pero la Ley le da 30 días para hacerlo (precisamente porque ese es el plazo aproximado que tarda el INCASOL en reintegrar la fianza al propietario).
Pasados esos 30 días, el importe de la fianza devenga intereses.
Cumplidos los plazos, si no le abonan la fianza ha de demandar al propietario. En cuanto a la duración del proceso... depende de la ciudad y del juzgado, pero cuente con varios meses.
Muy buenas.
Antes todos le doy las gracias por su respuesta que me han aclarado mucho la situación de la fianza.
Ahora si me permite le cuento los últimos detalles:
Ayer teníamos una ccita con la proprietaria y como siempre no se presento a la cita y ademas no contestaba al teléfono.
La cita fue fijada para salir de esto los antes posible visto que de diciembre vivimos con humedades en todas las habitaciones.
Ahora harto de esto cachondeo por parte de la proprietaria, quería saber si le puedo reclamar los meses que hemos estado viviendo en estas situaciones.
Calcule que el día 1 de marzo entregare el piso y quería saber si ¿aun estoy a tiempo para demandarla?
¿A dónde tengo que ir para poner la demanda en contra de la proprietaria?
Ella cambio de domicilio pero no me envío ningún Burofax que lo confirmaba ytampoco me lo dijo, después de habérselo solicitado telefónicamente y vía email.
¿Tengo qué seguir enviando notificaciones en la dirección que aparece sul contrato de alquiler?
En espera de su respuesta envío cordial saludo.
El tema de las humedades también se lo debe reclamar por escrito (la reparación o una reducción de renta proporcional a la superficie y tiempo afectados). Si no tiene otros datos, la reclamación la debe dirigir a las señas que conoce. Esta reclamación aún está a tiempo de realizarla.
Visto el enmarañado que tiene, le recomendaría contactar con un abogado, ya que está abordando diferentes problemas que requieren diferentes enfoques.
Suerte.

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