Devolución Fianza en 60 dias?

He pedido con 2 meses de antelación la finalización del contrato de alquiler.

Tengo una fianza de 1 mes (800€) y otra en concepto de garantía adicional (800€)

El propietario me comenta que me devolverá el dinero a los 60 días, porque es una nueva ley "europea" que se aplica desde hace pocos meses.

A parte que esto no me encaja para nada, he pedido a INCASOL el certificado que acredita que existe la fianza depositada y me han dicho que no.

Yo he pagado todos los meses para poder finalizar el contrato correctamente y ademas he deducido el alquiler en hacienda.

Así que el propietario tiene 1600€ que según dice me dovolverá pasados 60 y días y encima no se si hacienda me puede meter en un aprieto.

Entre una cosa y otra tengo el miedo a que no me lo devuelva.

¿Qué puedo hacer?

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1

Disculpa la tardanza. Hemos estado getionando el dejar el piso y la mudanza...

Ya tengo la fianza, me la entregó en el momento de dejar el piso (aunque no estuviera en el INCASOL). Pero el propietario no quiere devolver la "garantia adicional" en valor de 800€ por arreglos del piso. Me ha pasado una factura de 900€ donde añade, 2 capas de pintura, cambio de baldosas (hice agujeros para colgar armarios), cambio de luces fundidas...

Todas estas cosas yo entendía que eran por desgaste (quizá lo de las baldosas no) y no veo justo que me lo quiera cobrar. ¿Esto es así? ¿Qué me recomiendas? ¿Le pongo una demanda? ¿Esto tendría coste para mi? ¿Dónde debería de dirigirme?

Cuando me fui del piso le hice firmar un documento donde él se comprometía a devolver esos 800€ porque asumía que el piso estaba en buenas condiciones, y que me lo abonaría a principios de agosto. (Ahora con esta factura que me da entiendo que no tiene intención de pagar nada). Este documento lo tengo fotografiado porque solo tenia una copia, ¿puede ser esto un problema?

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1

La Ley de Arrendamientos Urbanos dice que el propietario tiene 30 días para devolver la fianza al inquilino, y que pasado ese tiempo se generan intereses.

Si que es cierto que hay una "Ley Europea" por la que se pueden devolver recibos (de alquiler entre otros) hasta 60 días después de que se los hayan pasado por el banco.

Mucho me temo que su casero teme que Usted le devuelva los dos últimos recibos de alquiler una vez se haya marchado de la vivienda, pero la Ley de Arrendamientos no se lo permite.

Respecto a Hacienda: puede que la AEAT le solicite los justificantes de depósito de la fianza para hacer efectiva la deducción de los importes del alquiler (sucede con frecuencia). Caso de no haber estos justificantes le harán una corrección impidiendo beneficiarse de esa deducción.

Como Usted sufriría un perjuicio por una falta del propietario, llegado el caso podría demandarle.

Respondiendo a su pregunta: ¿Qué puede hacer?

Recordarle a su casero el texto de la Ley de Arrendamientos Urbanos y esperar acontecimientos.

Si no le abona la fianza en 30 días puede demandarle y pedirle los intereses que correspondan.

Por otra parte si Hacienda le pone trabas... también habría que demandar.

Suerte.

Y la garantía adicional? Se incluye en esos 30 días o debe devolverla en la entrega de llaves?

La Ley solamente hace referencia al plazo de devolución de la fianza, por lo que entiendo que la garantía adicional debe ser reembolsada a la entrega de llaves/revisión de la vivienda.

Suerte.

Disculpa la tardanza. Hemos estado getionando el dejar el piso y la mudanza...

Ya tengo la fianza, me la entregó en el momento de dejar el piso (aunque no estuviera en el INCASOL). Pero el propietario no quiere devolver la "garantia adicional" en valor de 800€ por arreglos del piso. Me ha pasado una factura de 900€ donde añade, 2 capas de pintura, cambio de baldosas (hice agujeros para colgar armarios), cambio de luces fundidas...

Todas estas cosas yo entendía que eran por desgaste (quizá lo de las baldosas no) y no veo justo que me lo quiera cobrar. Esto es así? Que me recomiendas? le pongo una demanda? esto tendría coste para mi? donde debería de dirigirme?  

Cuando me fui del piso le hice firmar un documento donde él se comprometía a devolver esos 800€ porque asumía que el piso estaba en buenas condiciones, y que me lo abonaría a principios de agosto. (ahora con esta factura que me da entiendo que no tiene intención de pagar nada). Este documento lo tengo fotografiado porque solo tenia una copia, puede ser esto un problema?

Gracias

Lo de las baldosas no tiene porqué pagarlo el propietario, pero bombillas y pintura (salvo que sean daños importantes) entiendo que si.

Lo primero sería pedir facturas oficiales de todas esas reparaciones, y con ellas en la mano sentarse a negociar.

Caso de no llegar a acuerdo se podría plantear una demanda, pero conlleva gastos (tasas y honorarios de Abogado). Aparte de esto... el no tener el documento original es un problema (la foto no sería admisible en un Juzgado).

Personalmente considero que la vía judicial es -como poco- complicada y de dudoso resultado.

Mi consejo es que renegocie una devolución parcial a la vista de las facturas.

Suerte.

Pues en la factura me pone 3 conceptos.

1. Enmasillar partes dañadas. Pintar 2 manos de pintura plástica de paredes y techos. Repasasr 2 puertas de barniz rayadas. 600€

2. Sustituir 5 racholas con agujeros en el baño. 140€

3. Cambiar 8 bombillas fundidas, repasar y pegar cantos estropeados de muebles de cocina. 70€

La verdad, yo diría que se ha reformado el piso a mi costa.

He hablado con él y de todas todas dice que esto no me lo devuelve porque en el contrato decía que me entregaba el piso en perfectas condiciones y que debía devolverse igual.

Los precios que le presentan en la factura no son económicos, pero tampoco desorbitados, por lo que no veo factible pelearlos.

Lo que sí puede es Intentar demandar al casero alegando que esos daños son "por uso normal" y que no le corresponden a Usted pagarlos según se establece en la LAU.

Suerte.

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