Devolver el pago anticipado.
El caso es que he alquilado mi piso a una pareja francesa por un periodo de 11 meses. En el momento de firma de contrato me hizo efectivo el total del pago del alquiler por los 11 meses completos + 2 meses de fianza (no fue exigencia mía. Fue decisión de ellos para animarme a alquilárselo a ellos en vez de a otra pareja que tenía pendiente). Todo genial, y ningún problema. No ha pasado un mes, y ya me ha llamado el administrador de la comunidad diciéndome que ya hay dos vecinos de puertas colindantes que se qejan de los ruidos a altas horas de la noche (ruidos, no precisamente de la televisión alta). Me ha comentado que dichos vecinos ya han bajado a qejarse a mis inquilinos, pero que estos hacen caso omiso. Me dice el administrador que estos vecinos van a presentar denuncia contra mis inquilinos, pero que antes qerían comentármelo a mi, como propietario, por si puedo mediar alguna solución... Sea cual sea la forma en que se resuelva el tema, si por lo que fuese estos inquinos tienen que irse (bien por su propia voluntad o por resolución judicial), ¿tengo qué devolverles el total de los meses no disfrutados que ya me hicieron efectivo a la firma de contrato? En el contrato de alquiler consta que en el día de la firma me hicieron efectiva la cantidad del total +2 meses de fianza en ese mismo momento.
Muchas gracias de antemano!
Muchas gracias de antemano!