Fianza de alquiler, facturas justificantes

Tengo una duda sobre la devolución de la fianza sobre el alquiler de inmuebles;

Según dice la ley el propietario podrá retener la totalidad o parcialmente la fianza, para cubrir servicios impagados o bien desperfectos o daños causados por el inquilino en la propiedad objeto del contrato de alquiler.

En caso de que el propietario retenga parcialmente o totalmente la fianza por desperfectos en el inmueble ¿Debe de justificarlos con facturas o simplemente con aportar precios o incluso fotografías quedaría justificado legalmente?
En caso de que deba de aportar facturas para justificar la retención de la fianza ¿Debe de hacerlo en el mes que la ley le concede de plazo?

Quisiera saber si por parte del propietario, sería posible y tendría soporte legal entregar esas facturas pasado el plazo de un mes, desde que acabo el contrato de alquiler.
Si el propietario entregase dichas facturas, pasados por ejemplo 9 meses de la finalización del contrato de alquiler, ¿Estas tendrían soporte legal para justificar la retención de la fianza porque esas facturas están "fuera de plazo legal"?
Por otra parte entiendo que la fecha de emisión dichas facturas deben de estar dentro del mes siguiente a la finalización del contrato de alquiler.

Toda aclaración a este respecto será bienvenida, ¡Muchas Gracias!

Por otra parte, entiendo

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Lo que he podido comprobar, por mis contactos con alguna inmobiliaria, es que al entregar el piso, el agente realiza un vídeo, o fotografías sobre el estado inicial.

Una vez se va a marchar el inquilino, dicho vídeo, a disposición de éste, constituye un prueba de la variación inicial y final del inmueble. Igualmente solicita datos al Administrador de la Comunidad, si procediera, para comprobar si queda algo pendiente, no vaya a ser que se marche y luego surja.

Si se nota variación que merezca la pena, por ejemplo no la merece la rotura de algún vaso o plato, se efectúa una tasación y de acuerdo con ella, se efectúa la devolución total o parcial de la fianza.

Pero eso sobre la marcha, no varios meses después, pues luego el inquilino "desaparece" y no hay forma de encontrarlo.

¡Gracias por la información! 

Necesitaría tener respuestas sobre el tema de las facturas de la reparación de los desperfectos, si se han de entregar o no en el mes de plazo una vez finalizado el contrato.

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