¿Quién debe pagar la eliminación de humedades?

Hemos alquilado una casa en Mayo pasado. Ésta se encuentra en el campo. Tras un Otoño muy lluvioso y con poco viento seco han salido, repentinamente y avanzando muy rápido, varias manchas negruzcas de humedad en varias habitaciones y estancias, por paredes y techos. El dueño de la casa dice que es culpa nuestra por no ventilar adecuadamente la casa. Él, en concreto, argumenta que la casa tiene ocho años, y que nunca había ocurrido algo así. Cabe señalar que la casa, y así se especifica en el contrato, sólo había estado habitada durante los veranos, manteniéndose cerrada en Invierno y con tres deshumidificadores industriales permanentemente en marcha.
El dueño, en un principio nos atribuyó la responsabilidad de lo ocurrido y, por tanto, la obligación de pagar su reparación. Tras mostrar nuestra disconformidad, se ofreció para pagar la mitad de la factura. ¿Qué debo hacer?. ¿Qué indican los reglamentos al respecto?.

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La legislación vigente indica que las obras de reparación o conservación de la vivienda serán a cargo del Arrendador(art 21.1 LAU 1994). Por otro lado el Código Civil indica que los daños causados por el arrendatario en la vivienda por culpa, negligencia o mal uso de éste, serán a cargo del mismo.
En su caso la única forma de determinar quien es el responsable del pago sería contratando un perido que determinase las causas de las humedades y, en función de las mismas, aplicar lo expuesto en el párrafo anterior.
Reciba un cordial saludo
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