Vivienda con humedad

Tengo un piso en una planta baja. Estoy de juicio con constructora, promotora, arquitecto y ayuntamiento.
Resulta que tengo un patio en el cual no tiene ningún tipo de impermeabilización, por lo tanto toda el agua que cae se filtra por los pilares y sube a todo mi piso.
Si a ello sumamos que la calle hace pendiente y no hay desagües, y mi bloque hace de tope, me llega más agua todavía.
Tengo humedades en todas las estancias de la casa menos en el comedor y la cocina.
Las humedades llegan al metro de estatura y son por capilaridad.
Hace dos años un arquitecto que pague me hizo un informe en el cual necesitaba unas rejillas de ventilación debajo de mi casa para que se secara, pero yo vivo a ras de calle, así que no se como quieren hacerlo.
La verdad, aunque por este mensaje no lo parezca, pero estoy viviendo una autentica pesadilla, ya que tengo que tirar ropa, tengo un bebe y todo huele a humedad...
Mi pregunta es, cuando se haga el jucio, normalmente reparan o te indemnizan, ¿o quizás te dan otra vivienda?
Mientras tanto, ya que denuncie en el año 2008 y todavía no ha salido juicio, y estoy desesperada, le comente a mi abogado que yo no podía seguir viviendo en mi casa, que quería irme a otro lugar, pero claro tengo una hipoteca que pagar y no puedo pagarme un alquiler, ¿hay alguna solución mientras?
Como puede ser que tarde tanto algo tan importante! Además mi casa es inhabitable, ¿cómo puedo hacer para poder salirme de ahí? Ya que estoy pagando una hipoteca de un piso en el cual me esta perjudicando.
Hay alguna solución rápida que tengo un bebe y siempre esta con mocos

3 Respuestas

Respuesta
1
Lo tienes algo complicado . tendrás que esperar al juicio .
Me imagino que tendrás contratado un seguro y sino cundo pediste la hipoteca al banco te hicieron uno, llámales comentale el caso y haber si ellos te dan una solución .
Consulta a tu abogado, si a la espera del juicio, tu solucionas el problema de esas humedades, sigue adelante el juicio y puedes pedir que te indenicen por los trastornos o perjuicios ocasionados y por el importe total de la obras realizadas para solucionar el problema y los intereses pertinentes .
Otra cosa muy imporante compraste el piso nuevo a una promotora,
que tiempo hace de ello
No, no se lo compre a unos propietarios, de los cuales ya sabían de la existencia del problema. Ahora la finca tiene 11 años, pero ya denuncie antes de que se me pasara el plazo de los 10 años, aunque todavía estoy a la espera.
Con el tema del seguro, ¿cómo me pueden ayudar? Ya que como bien sabes, se limpian las manos.
Quizás hay algún sitio que llamando me puedan ofrecer otra vivienda con ayuda, quizás sanidad o algo por el estilo.
Como bien dices puedo pedir, una vez llegado el juicio, los daños y perjuicios que me ha ocasionado, pero el problema es hasta que no llegue, no tengo solución.
No puedo solucionar las humedades por mi cuenta ya que afecta a los pilares del bloque de piso y la gran obra que se ha de hacer, no tengo dinero para reembolsar.
Gracias de antemano
veamos, tienes abogado .
Creo que podemos enfocalo por otro sitio .
Como me comentas y no me había dado cuenta es un problema de pilares
1º el patio es tuyo en propiedad o es de la comunidad de propietarios y tienes el uso y disfrute .
Reúnete con tu abogado,
Al ser un problema de pilares y por tal de elementos estructurales, creo y no creo equivocarme mucho la reparación y también las reclamaciones a la constructora y promotora corresponde a la comunidad de propietarios .
Te pongo unos artículos del código de propiedad horizontal :
Artículo 10
1. Será obligación de la comunidad la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad.
2. Asimismo, la comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan, trabajen o presten sus servicios altruistas o voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, vendrá obligada a realizar las obras de accesibilidad que sean necesarias para un uso adecuado a su discapacidad de los elementos comunes, o para la instalación de dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan su comunicación con el exterior, cuyo importe total no exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.
3. Los propietarios que se opongan o demoren injustificadamente la ejecución de las órdenes dictadas por la autoridad competente responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse en vía administrativa.
4. En caso de discrepancia sobre la naturaleza de las obras a realizar resolverá lo procedente la junta de propietarios. También podrán los interesados solicitar arbitraje o dictamen técnico en los términos establecidos en la ley.
5. Al pago de los gastos derivados de la realización de las obras de conservación y accesibilidad a que se refiere el presente artículo estará afecto el piso o local en los mismos términos y condiciones que los establecidos en el artículo 9 para los gastos generales.
Creo que deberías consultar un abogado exponerle esta idea, si no estoy equivocado, tines derecho y yo realizaría, de solicitar una junta de propietarios de forma urgente o apremio,
y el abogado te dirá como realizar esto mediante escritos que presentaras a la comunidad, siempre con acuse de recibo
creo que así consiguiras
1º que la comunidad de propietarios te soluciones el problema de forma urgente
2º que la comunidad de propietarios se involucre en la denuncia a la constructora y promotora .
Si, si el patio es mio, la entrada es por mi vivienda.
Resulta que cuando en una junta de vecinos hace dos años ya lo comentamos, nadie se quiso hacer cargo, porque como había que pagar a un abogado y ad emás a ellos no les afecta porque soy la única vecina que vive en el bajo, pues me dieron a entender que ellos se limpiaban las manos.
Total, ahora mismo, la verdad y siendo un poco egostia, no quiero que ellos se involucren y cobren alguna parte de la reclamación por perjuicios cuando no se involucraron en su momento.
Y que la comunidad de propietarios me arregle los daños seria ahogar a los vecinos, ya que la obra cuesta más de 60.000 euros y somos 7 vecinos.
1 que tengas la entrada por tu vivienda no quiere decir que sea tuya, en la escritura tiene que poner que es tuya o eres usufructuaria, que suele ser lo normal, muy pocos patios y terras son propiedad privativas .
2 si no quieres intentar lo que te indique, por si cobran algo, cuando lo que pensé es que lo importante es que te sulocionaran el tema, tendrás que esperar a que salga el juicio, en el cual el juez puede ocndenar a la empresa, y ver si la empresa sigue cuando salga el juicio o tiene un cierre o suspensión de pago, que el juez indique que es cosa de la comunidad . es decir muchas posibilidades,
yo me dejaría de tonterías y consultaría esta opción con un abogado y lo que me interesas en un principio es que me arregalran mi casa, después ya vendrá el resto
¿Croe qué por lo que me dices es más fácil que arregles el piso y cada vecino pague 8571? Y después sigáis con la reclamación, a que lo tengas que hacer tu sola no
y sobre indenizaciones por perjuicios, eres tu la única a reclamar y a cobrar dado que eres la única perjudicada no, y creo que un buen abogado te indicaría que iniciaras haciones contra todos .constructora, promotora y comunidad de propietarios,
pero la decisión es tuya, pero ten claro una cosa, un piso nuevo no te lo van a dar, y la que lo estas pasando mal eres tu y tu familia, tienes previsto estar en esas condiciones mucho tiempo .
Respuesta
1
No sé qué tipo de respuesta puedo darte ya que casi pides más un ruego que una solución técnica.
Es cierto que los juicios se demoran demasiado. Y no es menos cierto que es bastante increíble que se mantenga a personas viviendo en condiciones inhabitables (la humedad es una de las consideraciones de inhabitabilidad de las viviendas) mientras se decide quién es el responsable de tales condiciones, de las que nunca puede tener la culpa el ocupante.
Por lo que comentas el caso parece claro. Una falta de evacuación de la calle te provoca humedades por filtración en diferentes estancias. Esto es responsabilidad del ayuntamiento siempre que sea así. Ya que si lo que pasa es que simplemente hay una filtración a través de la calle hacia el subsuelo y eso te afecta por capilaridad, entonces no hay responsabilidad clara municipal puesto que las calles no deben estar impermeabilizadas (sería imposible). Sólo deben llevar el agua de lluvia que no se filtre hacia el subsuelo hasta los sistemas de evacuación para evitar inundaciones.
Luego está el resto de humedades, que sí es posible que sean por capilaridad. Tampoco es problema del patio. Sí es cierto que en ocasiones se impermeabilizan los patios, pero es para evitar que suba la humedad del suelo al pavimento. El problema de la capilaridad se evita aislando bien la casa para que no suba la humedad por las paredes, suelos, pilares... etc.
El sistema de las rejas es uno. Hay que hacer una zanja por el exterior y colocar unas rejas para que ventile bien la humedad y no filtre al interior. Pero hay otros sistemas también muy buenos consistentes en incorporar barreras impermeables mediante perforación y inyección de resinas. Y sistemas más tecnológicos (y más caros) que permiten evacuar primero todo el agua que tienen las paredes y luego impermeabilizarlas.
Si no puedes pagar estas soluciones, o no quieres hacerlo (estás en tu derecho), tendrás que esperar obligatoriamente a la resolución del juicio. Para disminuir la humedad y poder hacer un poco más habitable tu vivienda mientras esperas puedes recurrir a deshumidificadores eléctricos.
En cuanto a lo que preguntas del juicio, lo habitual es que en un juicio lo que se demande y lo que se pone sobre la mesa es una indemnización monetaria. De esa manera, a la resolución, lo que consigues es una cantidad de dinero que compensa tus desperfectos. Lo que hagas con él es cosa tuya. Tu abogado podría plantear pedir otro tipo de indemnización (como lo que comentas de un piso nuevo). Pero no es normal que lo hagan y aún así el juez podría después decidir que lo que corresponde es el dinero. Incluso una reclamación así (de dinero) podría ser contraproducente para ganar el juicio.
También puedes mudarte e irte de alquiler. Lo único que tendrías que pagar el alquiler tú y añadirlo a la reclamación judicial como compensación o daños y prejuicios, que seguro que tu abogado pide algo por eso.
Respuesta
1
En el juicio si te dan la razón te concederán lo que su abogado haya pedido en el suplico de la demanda, el juez debe conceder en función de lo pedido
Normalmente será la reparación y la indemnización de los daños y perjuicios causados, el conseguir otra vivienda es bastante complicado
Quien mejor le puede informar es su abogado, que es quien conoce su caso y el expediente judicial, yo desconozco todos los pormenores de su caso, ni las alegaciones suyas ni de los demandados
No cabe la posibilidad de dejar de pagar la hipoteca, pues el banco podría ejecutarla y perdería su casa
Si fuera a una casa de alquile después podría reclamar que le indemnizarán por lo que haya tenido que pagar de alquiler, pero no puede dejar de pagar el préstamo hipotecario

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas