¿Cuál es la actualización de alquiler desde 1990?

En un contrato de alquiler de vivienda con fecha de 1-sept-1990 en el que se hace constar "una renta mensual de 30000 pts (180€) con derecho a incrementarlo según suba el coste de la vida anualmente". Solo se ha llegado a pagar 204,34 € (34000pts), ¿Se puede aplicar ahora el IPC de todos los años pasados desde la renta inicial pero no habrá derecho a reclamar lo que se ha dejado de cobrar? ¿Se comunica la actualización y se paga ya en el siguiente cobro?

¿Cuándo se puede avisar de que el arrendador no renueva el contrato, se hizo "por 2 años renovables y se somete expresamente a lo preceptuado en el número 1 del artículo 9 del Real Decreto Ley 2-1985, del 30 de abril"?

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