Contrato de arrendamiento anterior a 1985
En caso de la venta de la vivienda arrendada, en un contrato anterior a 1985 (es de 1 de abril de 1970), el comprador, una vez que el arrendatario no ha hecho uso de sus derechos de tanteo y retracto, ¿puede resolver el contrato de arrendamiento? La inquilina no es la arrendataria original, lo era su difunto marido, pero ella se subrogó en el contrato, tras su fallecimiento. El nuevo propietario ¿tiene que mantener el arrendamiento hasta el fallecimiento de la inquilina? O ¿puede resolver el contrato anteriormente a su fallecimiento? Muchas gracias.