Reclamar IBI en renta antigua con pacto expreso.

Mi Padre es propietario de un piso arrendado en régimen de renta antigua. El contrato es de Febrero de 1983.
El inquilino se niega a pagar más que la renta que le toca ya que en el contrato hay una clausula que dice textualmente:
"4. El arrendador atenderá al pago de los gastos de comunidad y de los arbitrios e impuestos que graven el piso."

Según he leído, La Disposición Transitoria Segunda dice

¿Podrá exigir del arrendatario el total importe de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que corresponda al inmueble arrendado".

Pero También dicha ley dice:

Disposición Transitoria Segunda, apartado 10.5, último párrafo, LAU:

”Se exceptúa el supuesto de que por pacto expreso entre las partes todos estos gastos sean por cuenta del arrendador”.


La pregunta es:

¿Puedo reclamar al inquilino el IBI o derramas de la comunidad u otras cosas?

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Como bien apunta, al haber "pacto expreso" no se puede reclamar al inquilino el IBI ni los gastos de comunidad (derramas incluidas).

Lo que si puede repercutir son las obras de mantenimiento de la vivienda y cualquier gasto que no sea IBI ni Comunidad.

Esta repercusión se aplica tal y como se indica en el apartado 10.3 de la DTT-2ª.

Suerte.

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