Hipoteca para autoconstrucción de vvda.

Tengo un terreno de 500 metros, proyecto de obra de arquitecto y permiso de obra del ayuntamiento para construirme mi casa, y tengo varias dudas, que son las siguientes:
1º.- Tengo entendido que en la autoconstrucción no se paga IVA al promotor, sino que el IVA se paga en los materiales que se compran, ¿Es cierto?
2º.- El constructor me pregunta si todas las facturas la quiero con IVA o alguna sin IVA, no se que consecuencias tendría esto, si me puede afectar con Hacienda o con el préstamo.
3º.- Podrían aclararme el procedimiento de las hipotecas de autoconstrucción y el tema de las certificaciones de obra. ¿Cuándo me van dabo dinero?, etc.
Muchas gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
1º.- El promotor de tu obra eres tu y por tanto no creo que te debas pagar IVA a ti mismo (no confundir con el constructor)
Es cierto que se paga IVA por todas las facturas que tengas que pagar esto incluye las de materiales de obra, pero también incluye las del arquitecto y las del constructor, por ejemplo.
2º.- No se lo que opinará hacienda de este asunto, pero si la factura no tiene IVA no es ni siquiera factura y si tu le quieres regalar el dinero a alguien eres muy libre, pero ten en cuenta que los regalos no son deducibles como vivienda habitual. Es posible que el banco tampoco financie este tipo de "donaciones" más que nada porque son muy desconfiados y a lo mejor se creen que te has ido al casino para hacer la donación.
3º.- El procedimiento de las certificaciones de obra es muy sencillo:
--> Ladrillo que se pone --> ladrillo que se certifica --> ladrillo que te financia el banco --> ladrillo que le pagas al constructor
He intentado expresarlo de forma muy gráfica para una fácil comprensión. Como puedes entender no es preciso que cada "ladrillo" cumpla este proceso, mejor utilizarlo por fases de obra, pero creo que el concepto es muy claro el constructor tiene que terminar una fase de obra para que todo el proceso se desencadene y pueda cobrar.
En cuanto al banco, establece un periodo de carencia de capital en el cual se van realizando todas las disposiciones y cuando la casa se termina empiezan a descontar las cuotas regulares de capital más intereses.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas