Consumos mínimos agua comunidad
En el 2012, se acordó aplicar unos mínimos en consumo de agua a todas las viviendas de tanto en agua caliente como fría de 30 m3 y 72 m3 respectivamente al año. Ese acuerdo no fue impugnado.En reunión celebrada la pasada semana dos vecinos afirman no estar de acuerdos con esa forma de reparto, usan como argumento que sus viviendas se encuentran vacías y que los importes deben realizarse por consumo real. Todas las viviendas tienen contadores exteriores excepto una que los tiene en el interior. El objeto era de que las viviendas que se utilicen como oficina y tiene consumos ridículos, facturarles el mínimo tal como hacer el Ayuntamiento, por el agua caliente, su "no consume" no reduce los costes de servicio de la caldera(cto. De mantenimiento, averías, energía eléctrica, ...) ¿Es correcto el acuerdo o puede ser iliegal aún solo en parte?