Prohibir acceso a perros al ascensor

El presidente de la comunidad dice que hay una norma para prohibir que los perros suban al ascensor, pero hay una ordenanza municipal que dice que si los perros van sin bozal, y algún vecino sube en el ascensor al mismo tiempo que nosotros, le preguntemos si le molesta, y si el caso es afirmativo, tenemos que esperar y subir nosotros solos en el ascensor.

La pregunta es: ¿Qué norma prevalece? La ordenanza municipal o la norma de la comunidad.

{"Lat":41.3376333491562,"Lng":1.69788360595703}

1 Respuesta

Respuesta
1

Independiente de la normativa ... el sentido común, las prácticas de buena educación y esas cosas también valen en estos casos.

En primer lugar prevalecería la normativa municipal y después los estatutos de la comunidad que evidentemente no pueden ser contrarios a la normativa municipal.

http://tecniexperto.blogspot.com.es/
Informes Periciales, Inspecciones Técnicas de Edificios (ITE), Dictámenes, Certificaciones, Proyectos de Rehabilitación y Reforma, Mediciones, Asesoramiento a comunidades, Técnico de cabecera, dirección de obras, Control de Calidad y Control económico de Obras.

ÁMBITOS DE ACTUACIÓN:(consultar según trabajo)
Comunidad Valenciana, Aragón, Cataluña, Madrid, Castilla-La Mancha, Soria, Murcia, Córdoba, Málaga, Almería, Granada y Jaén.

Si cree que la respuesta a su consulta le ha sido de utilidad y desea agradecer la respuesta haga click en uno o varios enlaces de publicidad del blog

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas