¿Me pueden obligar a pagar una cuota sin que tenga coeficiente de participación?
Vivo en una urbanización residencial de uso privado (según el PGOU) en la que no tengo cuota de participación. El caso es que el promotor inicial de los terrenos no realizó jamás escritura de propiedad horizontal de la parcela en la que se construyó mi edificio, sino que fue segregando la huella de los bloques y manteniendo por tanto total libertad sobre el desarrollo urbanístico de la parcela en cuestión. Sin embargo, y seguramente porque las primeras juntas de propietarios estaban integradas por miembros y simpatizantes de la propia sociedad promotora, se ha funcionado desde un principio como una supuesta Comunidad de Propietarios (o de Bienes) aplicando unos coeficientes que no están siquiera inscritos en el registro de la propiedad.
Según las ordenanzas del plan parcial, “los edificios que se construyan en esta zona se dedicarán exclusivamente a viviendas colectivas en bloques de altura, de disposición abierta, admitiéndose también por cada 10.000m2 de parcela, el establecimiento de un pequeño club o kiosco, de una sola planta y superficie inferior a 200m2 (computable a todos los efectos), independientemente de los edificios dedicados a vivienda”. Desde la construcción de los primeros edificios, se instalaron en sus locales varios comercios, bares, cafeterías-heladerías, restaurantes, disco-pubs, salas recreativas, etc, que hicieron de esta zona “de libre acceso” el centro neurálgico de la localidad en la que se encuentra. Las calles y jardines de la zona permanecieron abiertas durante mas de 25 años y, de hecho, los servicios municipales y otros de carácter público (correos, seguridad ciudadana, etc.) han entrado libremente a la parcela.
La parcela formaba parte de una antigua Entidad de Conservación constituida por el promotor para desarrollar urbanísticamente un proyecto que obtuvo la declaración de Centro de Interés Turístico Nacional. Sus Estatutos, extensibles a las zonas o sectores como en el que resido, son contrarios a la gestión llevada a cabo en todas sus vertientes (constructiva, administrativa y jurídica). Obviando el proyecto original que se vendió hasta en FITUR, el promotor segregó una parcela de la original en la que se encuentra mi edificio para traspasarle la edificabilidad restante a otros promotores que construyeron otro residencial privado y cuyos propietarios si tienen cuota de participación de la parcela segregada en la que se encuentra edificado su residencial.
La Entidad de Conservación desapareció en el año 2000 cuando se firmó un convenio de mantenimiento público con el Ayuntamiento y desde entonces los servicios municipales se han ido haciendo cargo gradualmente de las zonas que aún siguen a nombre del promotor original. La parcela donde resido cuenta con unas piscinas, jardines y pistas de tenis que llevamos manteniendo inconscientemente (ni siquiera son nuestras y su estado es lamentable) durante años debido a la ignorancia general sobre todo esto que expongo. En 2007, con el apoyo de los vecinos del “segundo” residencial privado edificado en la parcela segregada de la primitiva (incluidos por obra y gracia del espíritu santo en la supuesta comunidad de propietarios original cuya constitución se llevó a cabo en los términos descritos anteriormente), unos individuos de dudosa fiabilidad y conducta cuestionable se maquinaron una Junta de Propietarios en el momento y lugar oportuno en la que someter a votación acotar el Sector e instalar barreras para restringir el acceso a la urbanización.
Sin comunicarlo debidamente y procediendo ilegalmente en todo momento cerraron la zona o sector sin el consentimiento unánime de los vecinos, privatizando así todos los servicios que se lleven a cabo en su interior; Poco después presentaron un presupuesto descomunal para restaurar toda la red de abastecimiento y saneamiento, y otro para levantar un muro alrededor de la parcela … No se aprobó por dos votos, pero todo aquello me olió mal y decidí ponerme al día en esto de las comunidades. La particular interpretación de la ley que vengo soportando desde entonces y las argucias que emplean estos individuos con el beneplácito de las distintas administraciones para hacer o deshacer impunemente a su antojo me indignó bastante desde un principio, lo cual ha motivado que los que conforman la autodenominada “Junta Rectora” de la supuesta comunidad me hayan declarado persona non grata en sus asambleas. Me han puesto a parir en las convocatorias, juntas y actas, demandado en los juzgados y han creado un monstruo al que culpar del pésimo funcionamiento de la supuesta comunidad; Pero no han logrado amedrantarme y la justicia ha desestimado sus absurdas pretensiones, de momento.
Sin embargo, siguen en sus trece y pretenden continuar gestionando la supuesta comunidad desde la ilegalidad y restringiendo el acceso a cuantos nos opongamos a su voluntad, por lo que les remití un escrito en el que manifestaba mi rechazo a cualquier relación con ellos. Como viene siendo habitual, han obviado también dicho escrito y me han incluido en un listado de morosos por no atender sus infundadas demandas. Ahora no estoy indignado, sino muy cabreado y estoy decidido a no dejar títere con cabeza porque me están dando una fama que alguna discusión me está generando con algún que otro borrego de los que viven en mi barrio; ¿Por dónde debería empezar una vez que tengo todos los documentos necesarios para denunciarlos y no estoy dispuesto a verlas venir?
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