Quien debe pagar la repación de la fachada
En el año 2011 se comunica al administrador de la comunidad, la
presencia de humedades en el interior del armario empotrado del
dormitorio principal, a su vez también se quejan varios vecinos del
mismo tema. El administrador envía una empresa que descolgándose por la
fachada aplican una imprimación en los pisos afectados, la
administración abona el trabajo realizado pero no da parte al seguro de
la comunidad. En abril de 2012 se vuelve a comunicar al administrador
que las humedades han vuelto a salir y este envía otra nueva empresa que
desmonta el interior del armario empotrado y aplica una pintura, de la
que se desconoce su utilidad, volviendo a montar el armario. Tanto la
actuación del 2011 como la del 2012 son abonadas, la administración
abona el trabajo realizado pero no da parte al seguro de la comunidad.
En marzo/abril 2013 las humedades reaparecen, se comunica al
administrador, este vuelve a mandar otra empresa nueva, pero con la
condición de que yo tenía que desmontar el armario, que lo comentará con
la administración y me comunicará acción a seguir, no recibo ninguna
indicación. El 10 de marzo de 2014 y tras varias consultas al
administrador interesándome por el estado de la situación, procedo a
desarmar el armario avisando al administrador para que envíe otr nueva
empresa contratada, comunicando esta última que hasta 15 días no me
puede atender. Hasta la fecha la administración no efectuado ninguna
reclamación a las empresas anteriores ni al seguro de la comunidad. Ante
esta situación procedo a contratar un constructor para realizar la
obra, derribando la cámara de aire y retirando su aislante y dejando al
descubierto agujeros existentes en la fachada de la comunidad. Se
realiza su reparación, enfoscando pared interior fachada, colocando
nuevo aislante y la construcción de una nueva cámara de aire y su
enfoscado, también se contrata empresa para el montaje del interior del
armario ya que lo desmontado es inservible. A partir de este momento el
administrador solicita intervención del perito del seguro de la
comunidad “OCASO”, declinando este, cualquier responsabilidad por parte
del seguro, alegando que las condensaciones no están cubiertas por la
póliza del seguro contratada, cuando el perito visita el domicilio del
interesado encuentra un armario sin desmontar ni solicita que se
desmonte para buscar el origen de las humedades. Resultado de esta nueva
situación es que el presidente de la comunidad, aconsejado por el
administrador, decide llevar el caso a la junta de vecinos y que sean
ellos los que solucionen la situación creada por el administrador. Las
facturas tanto del constructor como del carpintero han sido pagadas por
el interesado. Convocada junta de vecinos 05/05/14, se celebra votación y
por una pequeña diferencia de votos se decide que la comunidad no pague
las reparaciones efectuadas por el interesado en la fachada de la
comunidad así como tampoco los desperfectos ocasionados en mi domicilio.