Instalacion de IGA

Tengo una vivienda antigua, la instalación eléctrica
, la realice yo hace algunos años.
El cuadro tiene un diferencial de 25A. Y sensibilidad 0.030A.
También hay cuatro pias 25/20/15/15, de cuatro circuitos.
La potencia contratada es de 3.3 kW.
Iberdrola me manda poner un ICP, el cual supongo que será de 15A. Para lo cual tengo que tener instalado un IGA.
La instalación no esta firmada por ningún electricista autorizado.
Solo tengo, horno, lavadora, frigorífico grande, plancha, televisores (2), PC (2), con esto supongo que no tenga problemas continuando con la potencia de 3.3 kW., pues si quisiera subir de potencia tendría que firmarlo un electricista autorizado.
Con los datos de mi instalación que interruptor general automático (IGA) debería instalar, para después llamar a Iberdrola instale el ICP de alquiler.
¿IGA, monobásico, bifásico, 15A, 25A?

1 Respuesta

Respuesta
El IGA debe ser del mismo amperaje del ICP. Si tienes instalación con neutro, monofásico, si tienes instalación sin neutro, bifásico.
Un ICP tiene un costo de unos 30 euros. ¿Te conviene alquilarlo?
Lo primero, gracias por contestar.
Me han indicado que el IGA en realidad es un PIA, ¿es eso cierto? ¿Puedo comprar un PIA y ponerlo como un IGA?
Lo de alquilar el ICP, es porque tengo miedo de que si lo instalo yo (que si se hacerlo), me pidan la firma/boletín de algún electricista autorizado. Pero preferiría ponerlo yo a alquilarlo. ¿Los de Iberdrola me pondrían pegas si al venir a precintarlo no tengo firma boletín de electricista autorizado?
La potencia contratada son 3.3 kW con fase y neutro, el contrato es de más de 25 años, tengo poco espacio en la caja (es pequeña).
Según tu indicación tendría que poner:
Un ICPM II de 15A bipolar (Merlin Gerin GAR11935).
Como IGA, un PIA monofasico,Tipo DPN 1P+N, 15A (Merlin Gerin GAR21547).
No veo lógico tener que poner el IGA de 15A cuando más abajo tengo un PIA de 25 del horno y otro de 20 de la
Lavadora.
Saludos.
Un ICP, un IGA, y un PIA, son lo mismo, interruptores termomagnéticos. El ICP es más exacto en su funcionamiento es solo la diferencia entre ellos. IGA, si lo vas a comprar no existe, debes comprar un temomagnetico de ese valor.
Los temomagneticos se instalan para proteger el cableado, no como cree la gente, que es para proteger los electrodomésticos.
En cuanto a que no ves lógico instalar un IGA de menor valor que los PÍAS, en realidad lo que no es lógico, es instalar PÍAS de mayor valor que lo contratado, pues de que te sirve un PIA de 25A, ¿si al llegar a los 15 te salta el ICP o el IGA?
El ICP es quien determina el consumo máximo autorizado, por eso lo lógico es que el IGA sea de igual valor, y los PÍAS a continuación, de igual o menor valor. Que la suma de todos los PÍAS, siempre supera el valor de IGA y/o del ICP, ese ya es otro tema, que no tiene nada que ver, ya entraríamos en los factores de simultaneidad, el coseno de fhi de la instalación, etc.
El ICP va en una caja independiente, o anexa que se pueda precintar, no puede ir junto con el IGA y los PÍAS. No creo que te ponga pegas quienlo venga a precintar, si fue hecho ha pedido de la compañía, y tu no has pedido ningún aumento de carga.
Todo esto viene de que yo no tengo instalado el ICP e Iberdrola me manda poner ICP pero tengo que tener instalado un IGA.
Cuando realice la instalación, tenia contratado 3.3 kW sin ICP y no sabia que más tarde pondría gas para la calefacción y la cocina. En el circuito del PIA de 25A solo va el horno. En el PIA de 20A la lavadora y el frigorífico, no tengo secadora ni lavavajillas.
Entiendo que para contrato de 3.3 kW tengo que poner ICP Omnipolar/Bipolar (que corte fase y neutro) de 15A, ¿y un IGA (PIA tipo DPN) omnipolar/Bipolar (que corte fase y neutro) de 16A?
Tengo lío con lo de Omnipolar y Bipolar. ¿Es lo mismo?
Es válido poner ICP de 15A con IGA de 16A, pues no veo en Internet PÍAS tipo DPN de 15A, ¿solo veo de 16A?
Saludos.
Omnipolar no existe. El que corta ambas fases (cuando no hay neutro, en instalaciones de 127 V pasadas a 220V o en acometidas trifásicas de 220 V, donde se obtiene monofásica de 220V), es el bifásico. Para monofásico, se usan los monofásicos, los que tienen marcado el polo N.
Bipolar son los interruptores, por ejemplo, el que se usa para el corte de energía al termo eléctrico.
Lo que no se es por que dices que te obligan a poner un IGA. Seria más importante, que te obliguen a poner un Diferencial. El IGA si bien es mejor tenerlo, es prescindible. ¿Supongo qué dices de poner uno DPN por el tamaño?, ¿No te cabe uno normal de dos módulos?
Te lo decía por esto:
En el reglamento técnico de baja tensión.
http://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/rebt_guia.asp
En el apartado BT-17. Dispositivos Generales e individuales de mando y protección. Interruptor de control de potencia, debajo de la figura B dice:
"Un interruptor de control automático de corte omnipolar, que permita su accionamiento manual y que este dotado de elementos de protección contra sobrecargas y cortocircuitos".
Puede que me este liando con todo esto.
Iberdrola me ha mandado una carta para que instale un ICP o bien ellos lo instalen y me pongan en régimen de alquiler, ¿seria 0.03? Al mes más IVA, en concepto de inatalacion y alquiler. Pero para ello dicen:
"Le recordamos que el citado reglamento, obliga por razones de seguridad eléctrica a la instalación de un interruptor general automático y de un interruptor diferencial con intensidad diferencial-residual máxima de 30 mA".
So lo del DPN es por tema de espacio.
En resumen, tanto el ICP como el IGA tienen que tener una entrada para fase y otra para el neutro, ¿también una salida para fase y otra para el neutro? ¿Es así?
También supongo que el ICP tendrá que estar revisado por Industria.
Saludos y perdona por tanta confusión que tengo.
El ICP lo compras en cualquier tienda de electricidad, o en la ferretería. No esta revisado por industria, no es necesario.
Lo del reglamento, donde lees omnipolar, es un barbarismo del redactor, lo que quiso decir es de varios polos, (omni=muchos).
Iberdrola te recomienda que instales un IGA, pero no te exige que lo tengas. No dejes de instalar el diferencial. Si lees el reglamento en el apartado de tierras veras que también se exigen, pero la gran mayoría de las instalaciones antiguas, no las tienen. E Iberdrola no te hace hincapié en que tengas una buena descarga a tierra.
Todo automático, se llama como se llame, tiene entradas y salidas para el mismo tipo de conductor. Te lías pues no has visto como son los ICP y los IGA.
En mi primer mail comente que tenia 1 diferencial y 4 PÍAS.
Lo del corte omnipolar no es un barbarismo, aquí también se habla de ello:
http://www.voltimum.es/news/3404/manufacturer.profnews.professional/corte-omnipolar.html
http://www.portalelectricidad.es/automatico-tipo-dpn-ocupa-un-solo-polo-1pn-16a-p-508.html
Resumen de la carta de Iberdrola:
Según el Real Decreto 1454/2005 tengo que tener un ICP.
Iberdrola sabe que no lo tengo instalado.
En aplicación del R.D. antes mencionado la DGIEM de la comunidad de Madrid, ha aprobado por resolución de fecha 24/7/2006 el plan de instalación de ICP en la comunidad de Madrid, según la cual a partir de la fecha de esta carta tengo plazo de 6 meses para adaptar la instalación eléctrica.
El ICP se colocara de acuerdo con la ITC-BT17.
"Le recordamos que el citado reglamento, Obliga por razones de seguridad eléctrica a la instalación de un IGA y de un interruptor diferencial con intensidad diferencial- residual máxima de 30 mA.
Cierro el tema.

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