Union Fenosa: plazo para suministro eléctrico

El 12 de enero ingresé 100% el dinero que Unión Fenosa me pedía para dar de alta la luz en una finca en la que voy a construir una casa.
El caso es que estamos a 9 de marzo, han pasado dos meses y por allí no ha ido nadie.
Cada vez que llamo al número de teléfono que me indicaban en el presupuesto que ya he pagado, me dicen que irán pronto, que ya lo han pasado a la contrata pero que vuelven a pasar nota, etc... Han llegado a decirme incluso que irán "cuando puedan" y que no tienen "ningún plazo ni límite para hacer el trabajo", que pueden tardar lo que sea necesario.
Me gustaría saber donde reclamar y qué derechos tengo.
Respuesta
1
Los plazos en los que la compañía distribuidora debe atender las peticiones de los cosumidores están establecidos en el Real Decreto 1955/2000. Artículo 103:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1955-2000.t6.html#a103
En el artícuo 105.6 se establecen las indemnizaciones que corresponden por no cumplir dichos plazos, sin perjuicio de las reclamaciones que por daños y perjuicios corresponda reclamar al juez.
El órgano competente es el servicio de energía de la delegación de industria de tu comunidad autónoma, aunque igualmente podrías dirigirte a una oficina de consumo para que te orienten sobre qué hacer.
Muchas gracias por la rapidez y por la claridad.
Aunque todavía están dentro del plazo, ahora sé a qué atenerme y en base a qué reclamar si se siguen retrasando.
Muchas gracias.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas