Instalación y REBT
Hace unos años compré una vivienda de segunda mano. La fecha de compra fue anterior a la entrada en vigor del REBT.
La instalación original de la vivienda (1986, según contrato Iberdrola) tenía un único circuito que alimentaba todas las tomas de corriente e iluminación de toda la casa. Tengo 5,5 KW contratados.
Posteriormente, añadí un nuevo circuito para instalar un equipo de aire acondicionado.
No sé exactamente qué es lo que aparece en el boletín de la instalación original, ni si tengo que tener copia (ya que el anterior propietario no me lo proporcionó), no sé si ese boletín está en la Consejería de Industria de la Comunidad de Madrid, o si lo tiene la empresa eléctrica suministradora, o bien todos (menos yo) tienen una copia.
Tengo intención de reformar la instalación conforme marca el REBT, pero no tengo muy claro cómo proceder. Algún electricista me ha dicho que no hace falta un nuevo boletín, pero me ha parecido leer en el REBT que toda modificación importante (incluyendo la inclusión de un nuevo circuito), requiere adecuar la instalación conforme marca el REBT.
¿Cómo se gestiona esta modificación?
Por otro lado, ¿tengo qué pedir licencia de obras (es Madrid capital y no me queda claro del todo la info que aparece en la web de la Junta Municipal de Distrito)?
La instalación original de la vivienda (1986, según contrato Iberdrola) tenía un único circuito que alimentaba todas las tomas de corriente e iluminación de toda la casa. Tengo 5,5 KW contratados.
Posteriormente, añadí un nuevo circuito para instalar un equipo de aire acondicionado.
No sé exactamente qué es lo que aparece en el boletín de la instalación original, ni si tengo que tener copia (ya que el anterior propietario no me lo proporcionó), no sé si ese boletín está en la Consejería de Industria de la Comunidad de Madrid, o si lo tiene la empresa eléctrica suministradora, o bien todos (menos yo) tienen una copia.
Tengo intención de reformar la instalación conforme marca el REBT, pero no tengo muy claro cómo proceder. Algún electricista me ha dicho que no hace falta un nuevo boletín, pero me ha parecido leer en el REBT que toda modificación importante (incluyendo la inclusión de un nuevo circuito), requiere adecuar la instalación conforme marca el REBT.
¿Cómo se gestiona esta modificación?
Por otro lado, ¿tengo qué pedir licencia de obras (es Madrid capital y no me queda claro del todo la info que aparece en la web de la Junta Municipal de Distrito)?
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Respuesta de kurt88
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