URGE instalación luz nueva

Para un piso de 50 m2 y una potencia contratada de 3300w con 230v, quiero aumentar la potencia a 4400w aprox., estoy haciendo la instalación nueva. ¿Qué icp, iga, diferencial y 5 magnetotérmicos son los idóneos?, imagino que cada circuito debe conectar a un magnetotérmico concreto y no se cuales. Vamos que los puntos de iluminación deben de ir a un magnetotérmico de ¿10A?, los enchufes a ¿16A?, los enchufes especiales (lavadora, y no cuales más a ¿16A? Y hormo a ¿20A?, si además quiero dejar previsto para aire acondicionado, ¿cuál sería correcto?. El tipo que me stá haciendo la reforma me habla de poner una icp de 40A,¿No es mucho?,¿Qué inconvenientes tiene en caso de ponerlo? Imagino que además no se deben mezclar puntos de luz con enchufes a nivel de magnetotérmicos. ¿Es cierto?

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SI A TODO.. excepto, horno o/y vitro con automaico de 25A y linea de 6mm. Exactamente igual para la previsión de aire, a causa de esta previsión tu tipo de electrificación pasa a ser elevada, por tanto los circuitos tienen que estar divididos en 2 diferenciales y estas obligado a poner un circuito llamado C-10 y destinado para un enchufe de una secadora... aunque no vayas a poner secadora... esto viene en la ITC-25 del reglamento de baja tensión, quien te esta haciendo la reforma no debe poner nunca un ICP, es la compañía en todo caso quien te lo debería poner.. en caso de ponerlo no podrás sobrepasar una potencia de..(230V por 40A = 9200W) .. otra cosa al ser electrificación elevada la potencia mínima de contratación por compañía es de 9200W., si la casa tiene más de 10 años seguramente abra que meter la derivación desde contadores nueva y presentar el certificado de instalación en el Órgano competente. En el anterior reglamento (1973), este permitía el incluir los llamados enchufes de alumbrado destinadosa equipos de iluminación ( lamparitas de mesa, etc..) dentro del circuito de alumbrado y eran unos enchufes sin toma de tierra y contabilizados como un punto de luz, eso desde el 2002 ( nuevo reglamento) esta prohibido todos los enchufes son con "toma de tierra" (conductor de protección) y estarán dentro del circuito al que pertenezcan con un mínimo de 16A y conductor de 2,5 mm... Todo esto es bajo estricto reglamento, no siempre se cumple al 100% es normal, pero cuanto más se cumpla mejor... si quient e esta haciendo la reforma no puede acerté el certificado y lo de la derivación, si quieres contacto por aquí y te paso un presupuesto..
Gracias por la respuesta.
Una pregunta, me dices que el horno debe llevar un automático de 25A, pero si el icp para 4400w es de 20A, ¿qué sentido tiene? ¿No debería ser como máximo igual al icp?.
No quiero contratar más de 4400w, entre otras cosas porque me pedirían un boletín blanco y eso es complicado y caro de conseguir, con un boletín azul de reconocimiento sí puedo elevar como máximo el 50% de la potencia actual que es de 3300w, según tengo entendido
Supongo que también podría poner más amperaje sin notoficarlo a la compañía eléctrica pero no se si luego hacen inspecciones.
Gracias nuevamente
Hay que diferenciar funciones, la función del ICP (que lo pone la compañía) es la de asegurar que no consumes más potencia de la que tienes contratada... pues la cuenta de ellos para hacer la factura se multiplica la potencia contratada por los pasos... más o menos para que me entiendas, otra cosa diferente es como están protegidos tus circuitos de cara a la máxima intensidad que se va a dar en cada circuito y en base a eso se dimensiona la sección del cable y la del magnetotérmico, tu pregunta es lógica, pero existen factores de corrección ya sean de simultaneidad, de diversidad, etc... que se aplican a la intensidad y que dan lugar en una vivienda parecida, o como la tuya en la que la suma de sus automáticos de circuitos son unos 93 A, resulta que están protegidos por un Automático general de 40A., esto se da por los factores de corrección que te digo, se supone que no vas a tener absolutamente todo encendido a la vez... sea como sea el tipo de obra eléctrica ya sea reforma, modificación o nuevas instalaciones, según el reglamento (ITC-BT-04, punto 4) debe emitirse un certificado de instalación, en madrid ocurre cada vez que hay que cambiar la derivación individual o cuando hay un aumento en la potencia de contratación (no tiene que ser más del 50%, eso es para los proyectos y no para las memorias técnicas de diseño y el correspondiente certificado como en tu caso le procedería a una vivienda), referente a la potencia de contratación... yo a través de este foro de consulta respondo de la forma más ajustada al reglamento que puedo, otra cosa muy diferente es lo que luego se haga yo por ejemplo tengo puenteado el ICP y tengo contratado 1100W. Pero eso es ilegal y por tanto no voy a decir ni como se hace (es muy fácil), al igual cuando me preguntan ¿se puede alimentar un horno con 2,5 mm2 de sección del conductor, pues la respuesta es no, claramente, ahora que por poder hacer se puede, no creo que ocurriera nada, pero el reglamento dice que con 6 mm2... te digo esto porque lo del certificado/boletin  si te lo exige compañía no te quedara remedio, pero si no pasa de hacer nada de eso... contrata el mínimo y que al electricista que esta haciendo la reforma, ni se le ocurra poner el ICP, te dirá la compañía que ira a precintar el ICP y pasaran 10 años y no habrán ido..., suerte...
Impresionante, está claro que eres un profesional de pies a cabeza. Desgraciadamente hay pocos como tú.
Muchísimas gracias.
Entiendo que eres de Madrid, si algún día voy por allí (me encanta) tienes una birra pagada

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