Aumentar amperaje ICP de 20A a 40A

Estoy realizando la reforma de mi vivienda habitual, y hemos decidido cambiar toda la instalación eléctrica (la antigua estaba empotrada en el yeso, con cable rígido). El piso lo compramos hace 2 años, tiene 36, e hice el cambio de titularidad en Endesa por teléfono. Solo vino un técnico de la compañía a tomar los datos del contador (y poco más) y no me entregó ninguna documentación, ni boletín ni nada parecido, porque decía que ya existía una revisión vigente del 2004. Ahora me doy cuenta de que este técnico cometió un error al no "precintarme el ICP". Digo que me doy cuenta ahora, después de leer varios temas por aquí, ya que yo no tenía constancia de que fuera obligatorio... Ahora veo que ello puede comportar un fraude, ¿verdad? ¿Pero por qué no lo precintó? ¿Debería solicitarlo yo?
Mi IPC actual es de 20A y mi potencia contratada es de 4,6kW, que bien concuerdan ambos. Además, tengo un diferencial de 40A / 0,03A.
El tema es que el electricista que me hace la instalación me sugiere que cambie el ICP por uno de 40A, e instalar varias líneas independientes: 3 de 25A (aires, horno, lavadora/secadora), 3 de 20A (enchufes, frigo/campana extractora, vitro/microondas) y 1 de 16A (alumbrado), según mis necesidades.
Esto, a mi, me supone una incongruencia, dado que no concuerda con la potencia contratada (sinceramente 40A me parecen muchos!). Aunque hay que decir que tengo plena confianza en él, me deja la duda...
¿Qué debo hacer? ¿Cambiar el ICP a 40A, 35A o a 25A, que es lo que parece ser debería poner? Para estar dentro de la legalidad, ¿cuánto me va a costar aumentar la potencia contratada de 4600W a 5750W? (Esta es la potencia que en la calculadora de una web de energía me sugiere para mi domicilio).
No quiero ni cometer un error de seguridad ni tener problemas legales en un futuro...
Respuesta
En primer lugar imagino que el electricista que tiene usted realizando la reforma de la instalación no es instalador autorizado, ya que en caso de serlo no tendría tantas dudas...
Bueno primero: El ICP sólo lo puede cambiar la compañía realizando usted la correspindiente ampliación de potencia. En caso que usted quiera cambiarlo por su cuenta y riesgo y ocurra algún tipo de accidente eléctrico, ningún seguro va a hacerse cargo de indemnización alguna.
Aparte si la compañía detecta que tiene un consumo eléctrico superior a la media del que tiene contratado le pueden sancionar, según el Reglamento de Verificaciones Eléctricas (Dato que su electricista le debería haber informado).
Respecto a las líneas de alimentación a circuitos y receptores tendrá que instalar las que contempla el REBT (Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión RD842/2002) considerando los locales húmedos (Baños y cocina)
Creo que para realizar instalaciones eléctricas, con el riesgo que puede ocasionar un defecto en ellas, las tienen que contratar a personal cualificado para ello, ya que el posible ahorro (en caso de ser tal) puede ser contraproducente.
Si quiere alguien profesional para realizar ese tipo de trabajos a buen precio y de confianza, yo puedo recomendarle algunas.
Hola, gracias por responderme.
Veamos, las dudas las tengo yo, una vez que he hablado con él, por lo que los temas que no me quedaban claros los he intentado preguntar por aquí, para contrastar opiniones. He pensado en todo lo que me explicó y ahora he empezado a buscar información por internet...
Sigue sin quedarme claro el motivo por el cuál no tengo precintado mi contador y si debería solicitarlo...
Hasta la próxima semana no vuelvo a encontrarme con el electricista, para decidir si lo hago o no, no tengo ningún compromiso, por ahora. Claro, que quizá debí preguntarle a él todos estos motivos, pero ya se sabe, son dudas posteriores, una vez lo piensas en casa...
Para solicitar la subida a 25A, ¿cómo he de proceder? ¿El nuevo ICP lo instala la compañía o un técnico que ha de emitir boletín? ¿Qué coste tiene, tanto inicial por el cambio, como mensual, por el nuevo consumo?
¿Dónde puedo encontrar información a cerca de las líneas de alimentación a instalar? Quiero saber de lo que me habla cuando quede con él...
Muchas Gracias.
En primer lugar el contador y el ICP tienen que estar precintados por la compañía, en caso contrario debería de solicitarlo.
Para subir la potencia tiene que tramitarlo en la compañía suministradora y podrá aumentar la potencia hasta la máxima admisible que tenga en su certificado de instalación (boletín). Si la que necesita para su instalación es mayor a la admisible del boletín, tiene que realizar otro con una empresa o instalador autorizado.
El coste se lo dirán en la compañía por cambio de contrato al aumentar potencia.
El fijo mensual por el nuevo consumo depende de la compañía suministradora que sea y sus tarifas. Le informan en la misma.
Respecto a los circuitos a instalar, si los que le ha dicho el electricista son los que ha descrito en la pregunta están mal.
Los puede consultar en el RD842/2002 en la instrucción técnica 21.

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