Duda tarifa discriminatoria y precintado ICP

Al hilo de este correo me surge la oportunidad de resolver una duda. El caso es que estoy de alquiler en una vivienda de un conocido. Creo haber hecho números correctamente y poder ahorrarme un buen dinero usando la tarifa con discriminación horaria. Llamo a Iberdrola y les pregunto por el procedimiento para solicitarlo, ellos me preguntan por la potencia contratada y les indico 5 kw (lo que indica en las facturas que me reenvía mi conocido a mi mail) Nota: Me hago pasar por él. La respuesta fue tajante, esa potencia es muy antigua y debes cambiar el ICP a creo recodar 4,4kw o a 5,5kw (esta ultima si viene un técnico y certifica que la instalación lo aguanta). Problema: Voy a mirar si realmente tengo un ICP y de que amperaje es y resulta que la caja no está precintada. Viendo esto me da miedo ir más allá con mis preguntas a Iberdrola porque las facturas siguen emitidas a nombre de mi conocido aunque a mi número de cuenta corriente, ¿si hay algo malo en esa caja de mandos o no se precintó en su día cuales son las consecuencias? Quisiera saberlo antes de hablar con el sobre mi interés de utilizar esa tarifa. Nota: En las facturas no veo que nos estén cobrando el tope de 10kw por no haberlo precintado la caja. Agradecería un poco de "luz" en este asunto.

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No me cuadran esos escalones de potencia que te han dicho. La potencia contratada siempre es múltiplo del resultado de multiplicar la intensidad nominal del ICP (10, 15, 20, 25...) por 230V (que es la tensión actual de suministro), lo que resulta 2300W, 3450W, 4600W, 5750W, etc. Los 220 V eran antes del vigente Reglamneto que data ya del 2002.

No aclaras al final si tienes o no limitador (ICP). Si lo tienes ¿de qué calibre es? No tienen por qué cambiar el ICP, en todo caso adoptas la potencia correspondiente al ICP que tengas.

Te agradezco mucho te hayas tomado la molestia de analizar mi pregunta. Lo cierto es que si que hay un magnetotérmico antes del diferencial. (Indica SIEMENS WN 25A 380V) nada más.

A posteriori del diferencial tengo un rail con 5 más del mismo tipo y con las mismas siglas pero en el siguiente orden y amperajes (20A-20A-20A-16A-10A).

Luego es considerando un ICP o un IGA? Si es un ICP estoy metido en un lio porque el cuadro no esta precintado?.

Curioso: en la última factura me sale:

ENERGÍA
Potencia contratada 5 kW por 24 días por 0,059817 €/kW día 7,18

Pero haciendo caso a tu nota = 25A x 230 V = 5750 kw que si que es lo OK.

Por lo que entiendo me parece que no tienes ICP. Ese automático de 25A debe ser el IGA.

El cuadro de protección no tiene que estar precintado. El ICP se instala en una caja independiente que sí es precintable y en las características del mismo figuran las siglas "ICP", ¿no tienes una caja independiente para él? ¿De qué fecha es esa instalación? Hace años lo ponían en el cuarto de contadores.

Respecto a la doble tarifa, tienes que tener muy clara la posibilidad de usar los electrodomésticos en horas valle, sobre todo los de gran consumo, lavadora, lavavajillas, horno, vitro, secadora. Para aparatos que funcionan todo el día, como el frigo o congelador, sí que interesa la doble tarifa.

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