Cerramiento de terraza en ático

Te escribo para ver si puedes aclarame el lío que tengo en la cabeza sobre éste asunto después de leer y escuchar las opiniones de la gente.
He comprado un ático en un bloque de viviendas. Todavía no lo tengo pero ya he empezado a pensar posibles cerramientos para dar más espacio a la vivienda.
Tengo entendido, si no es así me corriges, que lo primero es pedir permiso a la comunidad de vecinos ya que voy a modificar la fachada del edificio. Esto lo tengo más o menos claro pero tengo dudillas como: Si a un vecino de otro piso le hubiesen dado previamente permiso para cerrar su terraza con aluminio ¿podrían negarme a mí el cerramiento parcial de mi ático?, ¿Me pueden dar permiso para cerrarlo con aluminio y negármelo para hacerlo de obra, o el material con que se haga es independiente?
Una vez salvado el primer escollo y suponiendo que la comunidad me de permiso para el cerramiento, supongo que el siguiente paso es ver con qué material quiero hacerlo y si pido la licencia de obra al ayuntamiento. En mi barrio la mayoría de cerramientos que se han hecho en los áticos son de aluminio, supongo que será por la facilidad y por la posibilidad de tener que quitarlo si el ayuntamiento les obliga. ¿Puede el ayuntamiento obligarte a quitarlo por una denuncia si la comunidad te dio permiso para hacerlo? O ¿Sólo te obligaría a pagar una multa por no tener licencia de obra?.
Bueno, ahora supongamos que lo quiero hacer todo legal. Independientemente de que sea aluminio u obra debo pedir licencia de obra al ayuntamiento presentando un proyecto de un arquitecto ¿no?. Creo, si no es cierto me corriges, que en el momento de pedir el permiso también tiene que darse el caso de que en la zona donde esté la vivienda permitan construir hasta la altura donde voy a construir, es decir, si el mío es un 5º deben permitir pisos de 5 alturas más ático ¿no?. Esto no lo entiendo del todo porque si yo tengo una terraza de 3 metros de ancha y quiero cerrar sólo un metro sin llegar al borde de la fachada por qué tiene que darse ésta circunstancia si va a seguir siendo un ático.
¿El proceso de pedir licencias para la obra al ayuntamiento lleva consigo algún coste? (Independientemente de los costes del arquitecto)
Por último, después de darme el permiso y ejecutar la obra, ¿tendría algún problema al vender la vivienda? Mi casa tendría oficialmente ¿los metros iniciales o los metros después de la obra?.
Bueno, muchas gracias por tu ayuda y espero puedas contestar a mis preguntas y corregir/apobar mis afirmaciones.

2 Respuestas

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Demasiadas preguntas en una sola.
Te explico básicamente que los áticos son técnicamente un "aprovechamiento en bajo cubierta", que digamos que la ley le permite al constructor "aprobechar" en su beneficio, con una limitación de ocupación.
Aunque hay variaciones, lo normal es que los áticos sean como máximo el 70% o el 80% de una planta de vivienda, siendo obligatorio dejar el resto como terraza.
Aunque lo de cubrir la terraza es una práctica bastante habitual, no te van a poder dar licencia legal para esas obras, con lo que si el Ayuntamiento decide abrirte un expediente, tendrás que pagar la multa y restituir el estado original previo a las obras.
Los ayuntamientos cobran un porcentaje de cualquier obra (sea mayor o menor) en concepto de licencia de obras. Es una de sus principales fuentes de financiación.
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Primer asunto. Olvídate de hacerlo todo legal, tienes aproximadamente un 1% de probabilidades que en el edificio esté permitido el cerramiento que comentas.
De hecho, los áticos no se construyen así para tener una terraza y todo eso, sino porque en las últimas plantas sólo está permitida una construcción limitada en medida.
Ahora, si quieres hacerlo ilegal, tienes que tener en cuenta que cualquier denuncia de cualquier vecino (incluso sin ser de tu mismo bloque) puede movilizar al ayuntamiento, que te impondría una sanción y además te obligaría a desmontarlo. Es por eso que normalmente se usa la construcción en aluminio, porque es fácilmente desmontable en ese último caso. Además, una construcción más pesada, con paredes y tejado tradicional, provocaría un sobrepeso en el edificio que fácilmente se traduciría en grietas en la vivienda inferior. En cuanto a la denuncia que te obligaría a desmontar la obra, además cabría la posibilidad de que el ayuntamiento actuara de oficio y entonces no haría falta ninguna denuncia particular. Sin embargo, no es nada habitual que los ayuntamientos actúen de oficio.
Una vez se realiza la obra ilegal, tienes que asegurarte que no habrá un vecino en contra (por lo que te decía antes). Por eso la mejor actitud es la de llegar a una reunión de vecinos y exponer el caso con la máxima humildad y haciendo también referencia a tu vecino, que sí lo hizo (pero no como si fuera una imposición, sino como un precedente, en el sentido que tú harás algo igual). Ten en cuenta que aunque te den permiso por mayoría aplastante, sólo con que uno de los vecinos se sienta afectado por la construcción basta para que éste presente una denuncia y te lo hagan derribar.
Creo que con esto respondo a tus preguntas (algunas las he dejado sin responder porque al final no se aplican a tu caso). Pero si aún te quedan más dudas, puedes volverme a preguntar y te aclararé lo que pueda.
Muchas gracias por tu respuesta. Sólo para concluir y asegurarme de que me ha quedado claro. Lo que tú me recomiendas es solucionar el tema en la comunidad de vecinos y luego hacer el cerramiento de aluminio por si tuviera que quitarlo y olvidarme del tema de pedir licencia ¿no?
Saludos
Alejandro
Como comprenderás yo no puedo aconsejarte eso. No puedo decirte que hagas algo ilegal. Lo que venia a decirte es que esa es tu única opción.

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