Filtraciones sin Seguro Decenal

En nuestro edificio, varios propietarios tenemos problemas de goteras. Estas han aparecido en diferentes plantas y a lo largo de los 6 años que vivimos aquí.
Nos hemos organizado, y poco a poco estamos descubriendo que las filtraciones de agua no sólo se deben a que las juntas de dilatación del edificio no estaban terminadas o impermeabilizadas, si no que las jardineras venían de obra y en plano, y que tenemos en las terrazas-cubiertas (privativas), son estancas (sin desagües), y que por lo tanto cuando llueve, va filtrando hasta nadie sabe donde.
Otro problema añadido es que el promotor (ó constructor) no contrató un seguro Decenal, ya que "supuestamente" no estaba obligado en aquel momento.
Mi pregunta es: ¿Perdemos el tiempo interponiendo una demanda? Porque viene a ser lo que nos explica nuestro administrador de la finca, y por ello en realidad todavía no hemos hecho nada.

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Vamos por partes, antes de emprender demandas es necesario estudiar todos los datos y las pruebas periciales correspondientes ya que se confunden ciertos términos.
En primer lugar - hace 6 años (2003) desde Septiembre está en vigor el nuevo código técnico de la edificicación y el Seguro Decenal era obligatorio en todos los casos en que las edificaciones realizadas no fueran de autopromoción con la excepción que supone la aceptación de su inexistencia por parte del comprador.
En segundo lugar - según lo indicado por vds., el problema que sobreviene es un problema de filtraciones por una ejecución de obra contraria a planos (jardineras) que no están afectas al seguro decenal por cuanto este seguro sólo afecta a elementos estructurales del edificio y las jardineras son acabados que tienen una garantía de 1 año.
Haciendo 6 años que soportan el problema entiendo que proceder a demandas ahora únicamente les hará perder dinero ya que el delito habrá prescrito al tratarse de bienes afectos a garantías de uno a tres años.
Entiendo que han sido víctimas de las malas prácticas de ahorro de costes pero pasado el tiempo sólo tienen (permítame la expresión) derecho al pataleo y por tanto deberán proceder comunitariamente a la oportuna reparación y solución definitiva del problema costeándolo vds., mismos.
Muchas gracias de antemano, pero me gustaría, si me lo permites, extender esta consulta a nivel más particular:
Si las jardineras de mi terraza venían construidas (según plano, de obra nueva) y como ahora estamos descubriendo al "inundarlas" que el problema de filtraciones deriva de ellas (y sin hacer nosotros ningún mal uso de las mismas) ... si se decidiese actuar sobre ellas ¿quién debería cargar con los gastos derivados de la reparación, la comunidad o los propietarios con terraza?
Un saludo
Pues, en este caso, entiendo que es difícil de decir por cuanto se trata de un vicio de construcción y por tanto el seguro de la comunidad se va a desmarcar del todo. Así que llegado el caso la solución probable es que la decisión más apropiada sea que cada cual (cada propietario) solucione el propio problema de filtraciones asumiendo el coste de la reparación al haber prescrito el plazo de garantía.

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