Seguro de hogar.

Limpiando los cristales de mi piso, se me cayó un ventanal de aluminio al exterior como consecuencia de ello se rompió el cristal y el ventanal, al dar parte a mi seguro de hogar me dicen que sólo me abonan el valor del cristal. El caso es que no pueden arreglarme el ventanal por ser muy antiguo y no existir en el mercado ese perfil de aluminio y como consecuencia de ello me tienen que cambiar el ventanal entero, es decir el marco de la ventana y los dos ventanales de aluminio. Mi pregunta es la siguiente: Por "reposición estética del continente" al no ser posible efectuar la reparación con materiales iguales, no deberían abonarme el valor de todo el ventanal, que no me queda más remedio que sustituir.

1 Respuesta

Respuesta
1
Para poder responder a la pregunta es necesario leer las condiciones particulares de la póliza que tiene suscrita donde se definen las coberturas y los límites de las mismas. Las coberturas no son genéricas y cada compañía tiene las propias así como las opciones dentro del contrato. Sin tener acceso a su contrato no le puedo indicar cuales son los derechos que le asisten y cuales no. Le aconsejo que en todo caso se ponga en contacto con su agente de seguros.
Mi seguro lo tengo con SANTALUCIA y en las condiciones particulares pone:
Continente a primer riesgo ... 15.000
contenido... 23.000
responsabilidad civil... 300.000
asisistencia en el hogar
Eso es todo lo que pone.
Luego en las condiciones generales, dentro de garantías básicas pone: REPOSICIÓN ESTÉTICA DEL CONTINENTE: mediante esta garantía. El Asegurador indemnizará a primer riesgo, por siniestro y anualidad de seguro, hasta el 5% de la suma asegurada para el continente y con un límite máximo de 1.660 eur. las perdidas materiales de valor estético que puedan originarse en cualquiera de las paredes, techos o suelos, del interior de las estancias del continente asegurado, que hayan sido directamente dañadas por un siniestro amparado por las garantías de esta póliza, siempre que no sea posible efectuar la reparación con materiales de idéntaicas características estéticas a los siniestrados...
Yo consulté a mi seguro y me dice que sólo me cubre el crista, aparte la comunidad de vecinos tiene otro seguro comunitario qué todavía no he consultado.
Gracias por atender mi pregunta
Por el momento, no tiene cobertura adicional de daños estéticos y por tanto tiene la genérica que corresponde a lo indicado en su póliza - un 5% sobre el capital del continente a primer riesgo que son 750 eur. No obstante, leo textualmente - "pérdidas materiales estéticas que puedan originarse en paredes, suelos o techos" pero no indican que estén aseguradas en este caso las ventanas y carpinterías. Debiera preguntar en virtud de que parte de la póliza le cubren los cristales porque entiendo que no los están cubriendo por daños estéticos ya que no consideran el siniestro vinculado a un problema de daños estéticos y menos cuando el accidente ocurre por cuestiones que se hubieran podido evitar (es decir, existe una cierta negligencia al producirse el accidente por un descuido de la persona que realiza la limpieza).
Así mismo, es necesario, como indica en la póliza, si el siniestro ocurrido está amparado por las condiciones generales de la póliza en lo tocante a la reparación por daños estéticos (que me temo que no).
Así mismo, entiendo que el seguro de la comunidad tampoco cubrirá el desperfecto por cuanto tendrán las coberturas mínimas que hacen referencia a daños causados por incendio y agua pero no a los actos vandálicos o a los accidentes domésticos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas