Avería en Tubería y Comunidad sin Seguro
Mi consulta es acerca de una avería que tengo en una tubería de agua.
El caso es que la tubería está en el exterior de la vivienda, en un armario en las escaleras junto con las llaves de paso de los otros 4 vecinos del piso.
He pasado el aviso de la avería a 2 aseguradoras(ya llevo tiempo detrás del problema y me he cambiado incluso de compañía) y ambas me han indicado mediante un escrito que al estar fuera de la vivienda esa tubería es de carácter comunitario según el artículo 395 del código civil.
En ambas ocasiones le he indicado la respuesta a la comunidad pero dicen que ellos el seguro que cubría ese tipo de incidentes lo quitaron para dejar simplemente el de responsabilidad civil, y que en una Junta se acordó que toda avería desde la llave de paso hasta el interior de la vivienda lo asumiría el propietario.
Quería consultarles este caso ya que hay 2 vecinos con daños, incluido yo, ya que da la casualidad de que además de mi tubería hay otra de un vecino de arriba que pierde más agua aún, y está en la misma situación a la mía, en el mismo armario exterior a la vivienda pero del piso superior.
¿Tiene razón la comunidad al indicarme que según lo hablado en una Junta de vecinos desde la llave de paso hasta mi casa debo hacerme cargo yo de la reparación, al no tener ellos seguro contratado para estos casos?
Si fuese así, ¿los daños de los pisos colindantes quién tendría que asumirlos, ya que hay más vecinos con fugas de distinta consideración en la misma parte de tubería y debido a la colocación de las tuberías por dentro de la pared es complicado saber hacia donde ha ido el agua?
¿Prevalece lo pactado en una Junta sobre lo que pueda indicar la ley?
De todas formas, he pedido una copia del acta de la junta ya que no lo he visto.
El caso es que la tubería está en el exterior de la vivienda, en un armario en las escaleras junto con las llaves de paso de los otros 4 vecinos del piso.
He pasado el aviso de la avería a 2 aseguradoras(ya llevo tiempo detrás del problema y me he cambiado incluso de compañía) y ambas me han indicado mediante un escrito que al estar fuera de la vivienda esa tubería es de carácter comunitario según el artículo 395 del código civil.
En ambas ocasiones le he indicado la respuesta a la comunidad pero dicen que ellos el seguro que cubría ese tipo de incidentes lo quitaron para dejar simplemente el de responsabilidad civil, y que en una Junta se acordó que toda avería desde la llave de paso hasta el interior de la vivienda lo asumiría el propietario.
Quería consultarles este caso ya que hay 2 vecinos con daños, incluido yo, ya que da la casualidad de que además de mi tubería hay otra de un vecino de arriba que pierde más agua aún, y está en la misma situación a la mía, en el mismo armario exterior a la vivienda pero del piso superior.
¿Tiene razón la comunidad al indicarme que según lo hablado en una Junta de vecinos desde la llave de paso hasta mi casa debo hacerme cargo yo de la reparación, al no tener ellos seguro contratado para estos casos?
Si fuese así, ¿los daños de los pisos colindantes quién tendría que asumirlos, ya que hay más vecinos con fugas de distinta consideración en la misma parte de tubería y debido a la colocación de las tuberías por dentro de la pared es complicado saber hacia donde ha ido el agua?
¿Prevalece lo pactado en una Junta sobre lo que pueda indicar la ley?
De todas formas, he pedido una copia del acta de la junta ya que no lo he visto.
Respuesta de pelfeo
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