Cancelación seguro hogar

Tengo un problema con la aseguradora de un piso que heredé y que acabo de vender hace 2 meses. Al llamar a la compañía para solicitar la cancelación de póliza me dicen que en el contrato hay una cáusula que me obliga a hacerlo con dos meses de antelación al vecimiento. No localizo el contrato así que no puedo comprobarlo. Lo que si es cierto es que esos 2 meses de preaviso no se cumplen. He intentado decirles, aunque no es cierto, que la casa se ha vendido recientemente y que no he tenido tiempo de avisar con la antelación que me piden pero aún así me dicen que quizás al solicitar por escrito la baja me pongan pegas y no la realicen.
De cualquier manera no entiendo como puede haber este tipo de cláusula: si resulta que vendo la casa un mes antes del vencimiento ¿tengo qué pagar otro año completo por una vivienda que no es mía y que quizás tenga incluso otra póliza contratada por el nuevo propietario?
Esta es mi duda, como puedo dar de baja la póliza y si es abusivo lo que me dicen desde la aseguradora. Por otro lado si dejo de pagar ¡¿Existe la posibilidad real de que vayan contra mi por la vía judicial?

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No le han informado adecuadamente, cuando se vende un bien asegurado el seguro se lo queda la persona que compra el bien. Quiera o no.
Por otro lado usted tiene la obligaciónd e comunicar a la aseguradora la trasmisión del bien. Hágalo por escrito y fin del problema.
Nombre en su escrito el articulo 34 de la ley de Contrato de Seguro que le copio a continuación:
En caso de transmisión del objeto asegurado, el adquirente se subroga en el momento de la enajenación en los derechos y obligaciones que correspondían en el contrato de seguro al anterior titular. Se exceptúa el supuesto de pólizas nominativas para riesgos no obligatorios, si en las condiciones generales existe pacto en contrario.
El asegurado está obligado a comunicar por escrito al adquirente la existencia del contrato del seguro de la cosa transmitida. Una vez verificada la transmisión, también deberá comunicarla por escrito al asegurador o a sus representantes en el plazo de quince días..

Un saludo,
ZurichMostoles.com
Sin problema, seguro.

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