Vivo en régimen de alquiler en un piso duplex y tengo contratado un seguro de hogar. Hace poco me di cuenta de que la claraboya que tengo encima de la escalera tiene goteras y estas están estropeando la pintura y además han levantado los rodapiés. ¿El seguro debería cubrir los gastos de la reparación de la claraboya y los rodapiés? Por otra parte, el suelo laminado de la cocina se está levantado, creo que a consecuencia del calor y la humedad. ¿El seguro de hogar cubre este tipo de gastos?
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Respuesta de El_Águila
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El_Águila, Amplia experiencia en el área de siniestros de importante...
amig@. En primer lugar, yo le recomiendo que coja su póliza de seguros y el condicionado vinculado a ésta. Existen en el mercado muy variados productos comercializados por las diferentes compañías que operan en el sector asegurador español y, aunque la mayor parte tienen características similares, los productos no son estandarizados. También existen variantes en cada producto de hogar de una misma cia. Generalmente, las cías de seguros cubren los daños producidos por goteras y filtraciones a través de tejados, muros y/o paredes, causados por fenómenos meteorológicos independientemente de su intensidad, excluyéndose en todo caso, la reparación de la causa. Se excluyen explícitamente los daños producidos por nieve, agua, arena o polvo que penetre por huecos o aberturas que hayan quedado sin cerrar o cuyo cierre fuera defectuoso. También se excluyen los daños debidos a falta de reparación o mantenimiento imputable A usted o a su casero. Los gastos de reparación de la claraboya no se los cubrirá su cia de seguros y deberá exigir la reparación a su casero. Los daños del rodapiés a mi juicio tampoco estarían cubiertos por ser unos daños producidos por falta de mantenimiento de los elementos de la claraboya y por ser unos daños que no se originan de un día para otro si no que esos daños han sido causados por la constante caída de goteras cosa que podría haberse evitado desde el momento primero en que se detectó. Respecto al suelo de la cocina, si los daños son a causa de humedad por no condensación, sí estarían cubiertos. Tendrá que ser el perito de su compañía de seguros quien, en base a las condiciones de su póliza y a las características de los daños, determine qué queda excluido o qué tiene cobertura.