Goteras por lluvias y seguro hogar

Este año en 2 ocasiones que ha llovido más de 40 m3 hora he tenido goteras en un piso situado debajo de un tejado de tejas. La primera vez, el Seguro mandó a un operario que sin subir ni ver nada determinó que no lo cubría el seguro por "falta de mantenimiento". Reclamé, vino una Perito que pudo ver el tejado desde otra casa y dijo que sí debía cubrirlo porque la causa había sido, unos vientos de más de 90 Km/hora de unos días antes, que había movido las tejas y luego la lluvia de + de 40 m3 Hora:

La compañía mandó una empresa que reparó las tejas.

5 meses más tarde, nueva lluvia torrencial (+ 70 m3 hora) y me vuelven a entrar goteras (por otro sitio del tejado distinto). Viene un operario y repite "falta de mantenimiento o defecto constructivo"

He reclamado pero esta vez no me han hecho ni caso.

En ninguno de los dos casos hemos pedido nada por los daños en el interior de la vivienda. Yo lo único que quiero es que arreglen lo que esté mal en el tejado y que no vuelva a entrar agua.

¿Alguien me puede explicar qué entra en el seguro? ¿Me tienen que arreglar lo que cause la gotera en el techo, como hicieron la otra vez? Y, sobre todo ¿si hace 5 meses una Perito no apreció que hubiera "mal mantenimiento" en el tejado, pueden ahora ampararse en eso? ¿Se puede hacer algo frente a este abuso habitual de las compañías?

Un dato: Cuando llueve normal nunca hay goteras. Solo ha pasado en 2 ocasiones que parecía un diluvio y que se inundó media ciudad ç

2 respuestas

Respuesta
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En el primer caso, parece ser que el origen de los daños es el viento que mueve las tejas y provoca que se filtre el agua por esa razón, todo ello según informe pericial. En el segundo caso, según indicas, las filtraciones se producen por la cubierta pero no parece que la causa sea que las tejas se han movido a consecuencia del fuerte viento y esa es la razón por la que el seguro no te da cobertura, ya que las cías de seguros nunca cubrirán el mantenimiento causado en las cubiertas de los edificios por el uso y desgaste del mismo.

Si puedes reclamar los daños que las propias filtraciones hayan ocasionado en la vivienda asegurada.

Respuesta

Mi opinión es que habría sido más adecuado haber hecho por escrito una queja sobre la actuación del primer perito y a la vez haber solicitado un segundo peritaje para, en base al segundo, poder reclamar las reparaciones que sí pudieran haber estado cubiertas por la póliza.

Hola

Gracias por la respuesta pero creo que no me he explicado bien.

El primer Perito me dio la razón frente al profesional que sin ver el tejado determinó "mal mantenimiento". ¿Por qué voy a quejarme de la actuación de este Perito?

Ahora en este segundo siniestro he formulado una queja por escrito por la actuación del operario (no perito).

Me llamaron y quedamos en que esperaríamos a que volviera a llover para ver si entraba agua lo cual, para la persona que me habló, seria prueba de que el tejado está en mal estado.

La semana pasada ha llovido mucho y no ha entrado agua. La he llamado para decírselo y resulta que ahora ya no es prueba de que el tejado no está en mal estado.

Me propone que vuelva el Perito y me prometió mandarme el informe que hizo este Perito en su día porque dice que ya puso lo del mal estado y yo se con certeza que no pudo poner esto de ninguna manera. Pero no me lo manda.

Lo de las compañías de seguros es un auténtico abuso.

De nuevo Trafalgar,

Mire usted cuenta su opinión. La realidad es que también hay muchos asegurados que abusan de las compañías de seguros. Mi opinión es que si usted piensa eso también tiene la opción de no contratar ningún seguro.

Seamos prácticos. Lo más frecuente es que ningún seguro cubra las reparaciones de mantenimiento o los daños causados por el mal estado o falta de conservación. Si eso no fuera así, y según dice ni se lo niego por escrito el perito y además se lo ha dicho un técnico, usted puede contratar a otro perito y tomar las medidas oportunas para que le reparen el tejado o le indemnicen según las condiciones que pueda tener en su póliza.

Le animo a que si usted lo desea me llame mañana, para mi sería un privilegio si con más detalles pudiera pensar alguna solución para su siniestro.

¿A Vd. le parece abusar de una compañia de seguros que, después de mas de 30 años pagando puntualmente sin ningun siniestro, en el primer siniestro que tengo, aparerezca un operario, le repito "OPERARIO" que sin subir ni ver el tejado diga que la gotera se ha producido por "Mal mantenimiento". ?

Y después, cuando mandan a un Perito -que supongo que sabe mas que un operario- y que sí vio el tejado y, además, se informó adecuadamente de los vientos y lluvias que se habian producido en los últimos dias en la zona, determinó que la compañia sí debia reparar el tejado.

¿Y sabe que hizo la compañia?, no me dijo nada y me transfirió 240 euros a mi cuenta bancaria. Fue cuando llamé para preguntar qué era ese dinero cuando me explicaron que era la indemnización por el arreglo del tejado y la pintura del techo. Dije que yo lo que queria era que me arreglaran el tejado y devolví el dinero.

Abusar hubiera sido pedir indemnización por todas las cosas que se habian estropeado dentro del piso, exagerando el daño producido, pero yo, pese a que se habia estropeado una alfombra, unos zapatos y sobre todo el colchon, que habia quedado empapado, lo puse a secar una semana y no pedí indemnización por nada. Y ahora, en este siniestro, exactamente igual. Ellos insisten en que les haga una relación de los daños causados en el interior, pero esos daños son mínimos, algo de pintura y dos sillas tapizadas algo estropeadas. Pero yo no quiero indemnización, lo que quiero es que no me vuelva a entrar agua en el piso y, por tanto, que lo arreglen.

Y si la solución que Vd. da es que no contratemos seguros, pues nada, perfecto. Por esa regla de 3, si consideramos que las compañias de luz, gas o agua, o el teléfono abusan de los usuarios, la solución es no contratar con ellos y problema solucionado.

Y, entrando ya en mi consulta al foro, reviso su respuesta y de nuevo creo que no me he debido saber explicar. YO NO PRETENDO QUE ME HAGAN EL MANTENIMIENTO DEL TEJADO, yo pregunto SI TENGO DERECHO A QUE ME REPAREN LOS DAÑOS QUE SE HAYAN PODIDO PRODUCIR por unas lluvias torrenciales. Porque si no ¿para qué sirve lo que pone en la poliza de lluvias de + de 40 m3 por hora y vientos de+ de 90 Km hora?

Aunque la respuesta ya la tengo porque en el primer siniestro, despues del informe del Perito, SI ME REPARARON EL TEJADO, según palabras textuales del tramitador porque "no nos queda mas remedio ante el informe del Perito".

Pero, ahora, con el segundo siniestro, de nuevo un Operario (no un Técnico, creo que hay diferencia) vuelve a empezar con la canción "mal mantenimiento o defecto construtivo" y vuelta a empezar.

Ya se que puedo contratar un Perito pero ¿cuanto me cuesta? ¿me compesna? y tambien se que me puedo meter en un pleito pero ¿cuanto me cuesta? ¿me compensa?

En fin, no quiero abusar de su tiempo, el cual le agradezco.

Perdone porqué no había visto su respuesta.

Si es por falta de mantenimiento me parece difícil que ninguna aseguradora le cubra. Si ya se lo han dicho varios profesionales...

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