¿Diferencia entre terreno edificable y terreno de figura irregular?

Estoy mirando un terreno que me dicen que no es rustico.
Pero mi pregunta es esta dentro de una urbanización que tiene sus servicios de luz, agua, alcantarillado, lo único que falta es asfaltar y las aceras. Y en toda la urbanización hay tranquilamente 50 casas, pero no me dan licencia de obras y me gustaría entonces poner un móvil home y me an dicho que tampoco puedo .
Pero si el terreno paga el ibi y en el recibo pone urbana, supongo que eso quiere decir que es terreno urbano, entonces no entiendo porque se niegan a darme licencia de obras o dejarme poner un móvil home.
Y en la escritura pone, parcela de terreno de figura irregular, sita en el termino municipal del bisbal del penedés.

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Haber, vamos por partes. Lo que pone la escritura se refiere a la forma del terreno, no a su clasificación urbanística.

Si no le dan licencia ( supongo lo han consultado ) es por dos motivos.

1.- El terreno no es suelo urbano directo. Es decir, que no ha adquirido por urbanización los derechos para que se pueda edificar en él.

2.- La construcción ( o instalación en su caso de una móvil home ) no cumple las ordenanzas municipales del ayuntamiento al que pertenezca Bisbal del Penedés.

Lo que ponga en el recibo de la contribución o en el catastro no es definitivo ni se puede argüir para este caso.

Una cosa que no entiendo , lo de poner un móbilhome que quiere decir que no cumple las ordenanzas , perdona mi ignorancia pero que me quieres decir que no se puede tampoco poner un móvil home o caravana en el terreno ? en yo tenía entendía que tantcomo como la otra se podían colocar en cualquier terreno ya qu no es una edificación .

perdona las molestias.

Una móvil home es una edificación en la medida en que para su funcionamiento requiere de agua limpia y vierte aguas sucias. Las ordenanzas municipales no permiten el vertido de aguas residuales en cualquier sitio si no es a la red de saneamiento, por lo que no conceden licencia para instalar en solares no urbanizados. Que no tengan los mínimos servicios urbanísticos.

Si te quedan dudas, puedes hacer las consultas en el ayuntamiento donde están obligados a responderte a todo lo que les preguntes o que no entiendas.

Yo tampoco tengo inconveniente en contestarte.

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En estos casos la escritura o el recibo del IBI no tienen gran valor documental. Lo mejor que puede hacer es dirigirse a la autoridad máxima en estos casos. El ayuntamiento de la Bisbal del Penedés, en el departamento de urbanismo, le informarán sobre el estado de la parcela, si es suelo urbano o urbanizable, si existe algún plan parcial en desarrollo o hay alguna suspensión provisional de licencias. Le explicarán la causa concreta de porqué no pueden darle la licencia de obras o qué debe hacer para conseguirla.

Si no entiende algunas de las razones que le da el ayuntamiento puede volver a contactarnos y le resolveremos las dudas o ver las posibilidades que existen de construir en su parcela.

Esperamos haber sido de ayuda. Gracias por valorar la respuesta.

Gracias por su ayuda y su rápida respuesta .

como usted me a dicho voy a hacer y mañana mismo voy a urbanismo haber que me dicen y con lo que me digan si no es mucha la molestia volveré a consultarle .

gracias .

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