Exceso o defecto de aprovechamiento

Alguien me puede explicar como se calcula el exceso de aprovechamiento en un proceso de reparcelación de un PAI, ¿de una parcela en la que hay una vivienda que ocupa la mitad del terreno?

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El exceso de aprovechamiento es la diferencia entre la cantidad de superficie que puedes construir con tu parcela en la actualidad y la que podrás edificar cuando hagan la reparcelación. Se supone exceso si en un futuro la superficie que puedes llegar a construir es menor que la que puedes construir en la actualidad (siempre descontando la parte definida en la plan para dotaciones y equipamientos).
Espero que te haya servido de ayuda, si necesitas alguna aclaración más, no dudes en preguntarla.
Gracias por la respuesta, pero si me pudieras pones un ejemplo, te lo agradecería.
Mi parcela tiene 300m2 y tras la reparcelación se quedaría en unos 200 y se podrán hacer plata baja y tres alturas.
En la actualidad hay construidos unos 200 entre planta baja y un piso, en los 200 m2 que me quedarían de parcela.
Gracias por anticipado.
Tienes que averiguar la relación entre la edificabilidad actual y la edificabilidad que vas a obtener. Evidentemente, el precio de los m2 anteriores no son los mismos que los m2 finales. Ahora mismo tu edificabilidad es 200/300 = 0,67 m2 construidos/m2 suelo. Cuando tengas los 200m2 de parcela, podrás hacer 4 plantas de 33,33m2 si la edificabilidad es la misma. Como seguramente te permitirán edificar más superficie por planta, estás utilizando una mayor edificabilidad de tu parcela (más aprovechamiento) que tendrás que pagar como costes de urbanización.

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